De acuerdo con el Registro Administrativo en Materia de Justicia Laboral Estatal, en Hidalgo se han abierto 7 mil 305 expedientes desde la implementación de los tribunales laborales. De estos, mil 432 han sido solucionados, lo que representa el 19.60 por ciento, mientras que 5 mil 734 continúan en proceso de resolución.
El registro, presentado este lunes por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), da a conocer los avances y resultados sobre el desempeño de los órganos jurisdiccionales en materia de justicia laboral, específicamente de los tribunales laborales de las entidades federativas.
En Hidalgo, los tribunales laborales y el Centro de Conciliación Laboral entraron en vigor el 18 de noviembre de 2020. El informe señala que desde 2023 opera un órgano jurisdiccional y cuenta con tres personas juzgadoras, de las cuales el 66.6 por ciento son mujeres y el 33.3 por ciento hombres.
El recuento abarca desde el último bimestre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2025, precisa el documento del Inegi, publicado este 8 de junio de 2026.
De acuerdo con los expedientes en materia laboral abiertos por los poderes judiciales estatales, según entidad federativa y tipo de procedimiento, en Hidalgo se registraron 7 mil 305 asuntos.
Asimismo, se indica que 7 mil 014 expedientes fueron radicados, es decir, llegaron ante un juez, mientras que en 4 mil 470 casos se admitió la demanda.
El informe detalla que los procedimientos que atienden los tribunales son de dos tipos: contenciosos, en los que existe un conflicto entre las personas sujetas a una relación laboral, y no contenciosos, donde no existe conflicto y tienen una naturaleza declarativa, como cuando una persona trabajadora hace valer un derecho, por ejemplo, el pago de una prestación.
De los 7 mil 305 expedientes, 4 mil 097 corresponden a procedimientos ordinarios; 484 a especial individual; nueve a especial colectivo; 99 a huelga; ninguno a colectiva de naturaleza económica; 2 mil 426 a paraprocesales; ninguno a tercerías; ninguno a preferencia de crédito, y 190 a ejecución.
Del total de asuntos, mil 432 han sido solucionados, 5 mil 734 permanecen en proceso de resolución y en 101 casos se declaró la incompetencia, es decir, se determinó que no correspondían a la materia laboral.
Respecto a la duración de los procesos, para los procedimientos paraprocesales, de ejecución y tercerías, el mayor porcentaje se resolvió en un plazo de uno a 15 días hábiles. En el caso de las huelgas, la resolución se concentró en un rango de uno a 15 días naturales.
Para los asuntos colectivos de naturaleza económica, el mayor porcentaje se resolvió en un periodo de uno a 30 días hábiles; mientras que, para los procedimientos especial individual y especial colectivo, la mayor concentración de resoluciones se ubicó entre 241 y 365 días hábiles.
En los ordinarios, los mayores porcentajes de expedientes se resolvieron en rangos de 61 a 120 días hábiles y de 241 a 365 días hábiles.





