Las denuncias por probables delitos cometidos por servidores públicos en Hidalgo registraron un incremento del 53.5 por ciento en 2025 en comparación con 2024, de acuerdo con el informe del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
Mientras que en 2024 se iniciaron 527 carpetas de investigación, el año pasado la cifra ascendió a 809 por este tipo de conductas realizadas por funcionarios públicos en la entidad.
Los datos de los últimos cinco años muestran que la tendencia al alza no es reciente. En 2023 se contabilizaron 507 acusaciones; en 2022, 541; y en 2021, 410 casos relacionados con irregularidades sancionadas en el ejercicio de la función pública.
De acuerdo con el Código Penal para el Estado de Hidalgo, los actos ilegales cometidos por funcionarios se agrupan principalmente en el apartado de Hechos de Corrupción, dentro del Título Décimo Sexto, así como en otros ilícitos específicos vinculados con la procuración y administración de justicia.
Entre las principales infracciones por conductas corruptas se encuentran el ejercicio ilícito del servicio público, que ocurre cuando no se cumplen los requisitos legales; el abuso de autoridad, cuando se realizan actos arbitrarios o indebidos en perjuicio de personas o del servicio público; y la coalición de servidores públicos.
También figuran el uso ilícito de atribuciones y facultades, al otorgar contratos, concesiones o realizar pagos fuera de la norma legal; la concusión, cuando un servidor exige dinero, valores o servicios no debidos; y el enriquecimiento ilícito, que implica un aumento injustificado del patrimonio.
Además, el cohecho, al solicitar o aceptar beneficios para realizar u omitir actos propios del cargo; el peculado, que consiste en el desvío de fondos o bienes públicos; y el tráfico de influencias, al utilizar el puesto para gestionar de manera ilícita negocios públicos.
A estos se suman otras violaciones específicas, como las cometidas en la procuración y administración de justicia, que incluyen conductas dolosas de agentes del Ministerio Público o jueces que entorpezcan la impartición de justicia.
También se considera el incumplimiento del deber legal, al negarse a prestar un servicio de interés público o desobedecer mandatos legítimos, así como el abandono de cargo, cuando se deja un empleo, cargo o comisión sin causa justificada.







