POR EL BIEN DE TODOS. Reformas a la ley evitarán crecimiento desmedido de deuda pública

Genoveva Martínez

Con el objetivo de evitar el crecimiento desmedido de la deuda pública en el estado y municipios, además de fortalecer mecanismos de fiscalización y otorgar mejores condiciones para solicitar empréstitos, el Congreso hidalguense reformó la Constitución Política local conforme a la Ley de Disciplina Financiera.

Por votación unánime, la LXIII Legislatura armonizó la normativa estatal conforme a lo establecido en el transitorio tercero de la Ley de Disciplina Financiera para las Entidades Federativas y Municipios, publicada por el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 27 de abril de 2016.

La legislación pretende la consolidación de aspectos de transparencia y rendición de cuentas, promover finanzas locales sostenibles mediante: reglas de disciplina, sistemas de alertas, contratación de obligaciones, deuda garantizada y registro público único.

La modificación al artículo 56 de la Constitución hidalguense refiere a las facultades del Congreso para autorizar, mediante mayoría calificada de los diputados, los montos máximos de endeudamiento, así como la inclusión de convenios para obtención de garantía del gobierno federal, a partir de la afectación de sus ingresos como fuente de pago.

En la adhesión de la fracción XV BIS al artículo 141 de la Constitución del estado, establece las obligaciones del ayuntamiento para autorizar la contratación de financiamientos para destinarlos a inversiones públicas productivas o a su refinanciamiento o reestructura.

Si las alcaldías pretenden un empréstito que impacte las finanzas municipales en un plazo mayor al periodo de gobierno, requiere de la aprobación de las dos terceras partes del cabildo.

Otras de las disposiciones es que la Auditoría Superior del Estado (ASEH) podrá fiscalizar las acciones de las entidades en materia de fondos, recursos locales y deuda pública, además de emitir opiniones sobre el cumplimiento de la publicación de la información financiera de la entidad y municipios.

Respecto al Poder Ejecutivo, requiere de la autorización del Congreso para el contrato de financiamientos y obligación, la amortización del pago será mediante las participaciones y aportaciones federales.

Al incluir el concepto de aportaciones en la legislación suma esos ingresos como parte de la hacienda pública del estado y/o municipios.

Finalmente, también se prevé que los casos de autorización de endeudamiento ya iniciado en el ejercicio fiscal, pueden realizarse derogaciones mediante decreto posterior emitido por el propio Congreso, o con cargo a recursos excedentes.