Redacción
El Congreso del Estado de Hidalgo realizó una serie de modificaciones, con la finalidad de facilitar las labores del Registro del Estado Familiar o la aplicación de descuentos para municipios o personas físicas que utilicen energía renovable.
A partir de estos cambios, algunos trámites personales como cambios de acta y demás serán gratuitos. También se favorece la investigación, desarrollo, innovación técnica y tecnológica en la aplicación de la eficiencia energética y fomentar el uso de energías renovables.
Integrantes del Congreso local aprobaron las adiciones y reformas a diversos artículos de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Hidalgo, así como de la Ley Estatal de Derechos, en materia de descuento y cobros exentos en determinadas figuras.
Las modificaciones armonizan la legislación local con el máximo ordenamiento legal de nuestro país, para que los vicios, errores o defectos contenidos en las actas expedidas por el Registro del Estado Familiar que no sean substanciales y la búsqueda de actas cuando el interesado no cuente con datos del registro, no generen un costo al ciudadano que solicite la prestación de dichos servicios ante la institución competente.
Se reformó que en el artículo 98 de la Ley de Hacienda para los Municipios se estableció que las autoridades municipales exentarán de cobro los derechos por: a) Registro de nacimiento; b) Realización del procedimiento administrativo de corrección de actas; y c) Búsqueda de actas cuando las personas no presenten datos sobre el registro.
El dictamen aprobado en el Pleno de la LXIII Legislatura de la entidad, fue fundamentado por el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Octavio de la Torre Sánchez, quien manifestó que, además con estas reformas, el Estado y los Municipios podrán apostarle a la investigación, desarrollo, innovación técnica y tecnológica en la aplicación de la eficiencia energética, así como de las energías renovables.
Para ello, se agregó un artículo 12 BIS a la mencionada normativa para señalar que, “se aplicará un descuento adicional a la cuota del impuesto predial, del 5% a lo establecido en la Ley de Ingresos de cada Municipio por concepto del pago anual anticipado, cuando los sujetos obligados, demuestren que utilizan energías limpias al interior de su inmueble”.