Del amparo en proceso del excontralor Cesar Román M.V., del gobierno de Omar Fayad, penden las suspicacias sobre la justicia y sus alcances en los casos de malversación y corrupción pública en Hidalgo y la nación.
No cabe duda que cuando a la ocasión la pintan calva, hay que adherirse al último pelo.
Los cuestionamientos sobre la solicitud de amparo de Cesar Román M.V., que podría transitar -en el proceso legal en el cual es investigado- en la reparación del daño, abre un capítulo siniestro en la Estafa Siniestra. Esta crítica condición expone la actuación de las instancias de impartición y procuración de justicia que han permitido, sin mayores instrumentos legales, que quienes son hallados culpables, paguen y queden en libertad.
Para los instrumentos legales -que se encuentran tanto o más arcaicos que el Poder Judicial- estos delitos de malversación pública no ingresan en las lógicas jurídicas de delitos graves. En este caso, la reparación del daño se erige como el sacramento de la libertad para todas y todos aquellos que son capaces de infringir la ley en torno al manejo de los fondos públicos.
Desmenuzando el pollo
En las plumas del caso de César Román M.V., que se inserta en las estelas de la Estafa Siniestra, no es el único que se ha acogido al mecanismo del “amparo de la libertad”, donde un personero que ha defraudado al erario público en una intencionada cadena de malversación, utiliza el “amparo siniestro” como figura legal para evadir con impunidad el proceso. En este caso, como la malversación pública no está caracterizado como un delito grave, el que pega, paga y se va a su casita o a su paraíso en la Riviera francesa.
Esta ridiculez legal, a todas luces, es un despropósito y anquilosamiento de la ley, que no conlleva ni a la justicia y tampoco a la reparación del daño económico y moral que se le propina a la ciudadanía.
Quitándole la piel al cerdo
Los casos en los que expersoneros de la administración pública en Hidalgo han sido liberados después de usar el “amparo siniestro”, aleccionan que la reparación del daño es un laberinto de impunidad del tamaño del planeta.
Pongámoslo así para quitarle la piel al cerdo.
En primer término, cuando se judicializa un proceso de malversación pública el aparato judicial debe probar no sólo el ilícito y la cantidad malversada -la cual suele perderse entre los laberintos del arqueo financiero y, por ende también, suele ser menor a lo que en términos reales se defraudo-. En este caso, si se “perdieron” dos mil millones de pesos y sólo se le acreditan al imputado 300 millones, sólo sobre esa cantidad se procede. ¿Les suena familiar el asunto?
En la segunda estirada de la piel del cerdo.
Una vez que el imputado accede a pagar lo defraudado, la estructura de justicia tampoco investiga de dónde salió el dinero para la reparación del daño y, mucho menos, si es lícita su procedencia.
Para quitarle el último pelo al cerdo.
Cuando el imputado de la malversación ha reparado el daño, muerto el perro se acabó la rabia, por lo que borrón y cuenta nueva, queda en libertad y pelillos a la mar. Jamás se investiga sobre las cuentas y los bienes de los cuales disfruta el eximputado de malversación pública y -tutti contenti-, es decir, todos satisfechos.
El amparo siniestro es una figura nada explorada sobre el precario papel de los instrumentos legales en la procuración e impartición de justicia y se apresta a constituir uno de los pisapapeles públicos de la libertad de malversadores y corruptos más allá de la Estafa Siniestra, y por encima de ese pueblo que observa impávido lo que a su justicia le toca como reparación del daño que, históricamente, ha sufrido, sufre y seguirá sufriendo.
