Redacción
La entrada en vigor de la reforma laboral traerá consigo diversos cambios, como la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Pero, ¿qué pasará cuando esto suceda?
María de los Ángeles Eguiluz Tapia, secretaria del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo, explicó que los conflictos que se presenten entre trabajadores y patrones serán transferidos a tribunales laborales o juzgados del Poder Judicial, federal o estatal según sea el caso, que sustituirán a las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Recordemos que con la desaparición de las Juntas Federales y Locales de Conciliación y Arbitraje se busca favorecer que los nuevos órganos de impartición de justicia laboral concentren su atención en las tareas jurisdiccionales.
La conciliación se impulsa a través de los Centros de Conciliación en las entidades y a nivel federal, los cuales serán organismos descentralizados del Poder Ejecutivo, que contarán con autonomía de gestión y presupuestal, con facultades para la conciliación y para el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y de las organizaciones sindicales.
Con la reforma, el procedimiento laboral será más ágil al eliminar los Plenos de las Juntas, los cuales están conformados por representantes, tanto de los trabajadores como de los patrones, y será un Juez o Magistrado, el que resuelva estas controversias.
Eguiluz Tapia manifestó que estas modificaciones responden a contextos actuales y que buscan centrarse en políticas públicas que permitan el pleno desarrollo de la impartición de justicia en el tema laboral.