NO VAYA A SER. Secretaría del Trabajo, al pendiente de adolescentes que trabajan

Redacción

Si bien el trabajo infantil está prohibido, los adolescentes mayores de 15 años pueden obtener un empleo remunerado para apoyar al sostén de su hogar, sin embargo es importante que tanto sus padres o tutores, así como las empresas que los contraten, cumplan con varios requisitos para proteger tanto su integridad física y emocional, como su desarrollo.

María de los Ángeles Eguiluz Tapia, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), recordó la campaña #NoAlTrabajoInfantil que recientemente lanzó la institución, que tiene el objetivo de hacer conscientes a las personas respecto a las consecuencias que tiene este fenómeno y erradicarlo en concordancia al Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022.

Manifestó que el trabajo infantil fomenta carencia en las familias, pues además de truncar la formación académica de los menores, los excluye de los derechos que provee un trabajo formal, lo cual impide el bienestar del núcleo familiar.

La funcionaria destacó algunos puntos que las autoridades vigilan en el caso de que los menores tengan un empleo: jornadas no mayores a seis horas, que perciban un salario, que cuenten con días de descanso y vacaciones anuales pagadas de 18 días laborales.

Asimismo, detalló las labores que definitivamente no deben hacer los adolescentes, incluso aquellos que tengan permiso, y son: actividades agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca, minería, actividades en altura o espacios confinados, trabajos ambulantes entre otros; debido a la exposición a condiciones climáticas extremas, fauna peligrosa y flora nociva.

Eguiluz Tapia mencionó que si una adolescente trabaja y se encuentra embarazada, debe saber que tiene derechos, como a no realizar trabajos pesados, gozar de los servicios de guardería por parte del IMSS, descanso de seis semanas anteriores y seis semanas posteriores al parto o transferir hasta cuatro semanas de las previas después del parto.

En cualquier caso de trabajo de menores, los empleadores deberán exigir certificado médico, llevar un registro especial, distribuir el trabajo a modo de que el adolescente disponga de tiempo para ir a la escuela, proporcionar capacitación y adiestramiento, así como proporcionar a las autoridades la información que soliciten; no realizar actos discriminatorios, de hostigamiento y acoso sexual.