Tribunales se “echan la bolita” por queja de Morena sobre consejerías vacantes en Hidalgo

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo debe analizar de fondo la queja de un militante de Morena que acusa omisión en la designación de consejerías estatales vacantes.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) regresó nuevamente al Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) la queja presentada por un militante de Morena en la entidad, quien señala omisión de las autoridades partidistas para realizar el procedimiento de prelación y designar a quienes ocuparán las consejerías estatales vacantes.

En un inicio, Óscar Mauricio Vega Reyes promovió el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, identificado con el expediente TEEH-JDC-024-2026, en contra de órganos partidistas del guinda por presuntamente incumplir con el nombramiento de consejeros estatales, particularmente derivado de la cancelación del registro de Humberto Augusto Veras Godoy y Raymundo Lazcano Mejía.

Mediante acuerdo plenario, el tribunal hidalguense determinó que carecía de competencia para conocer del medio de impugnación; por tanto, envió la demanda y sus anexos a la Sala Superior del TEPJF para que determinara lo que en derecho correspondiera.

En el asunto general SUP-AG-32/2026, la Sala Superior decretó en acuerdo plenario del 2 de marzo que la Sala Regional correspondiente a la cuarta circunscripción plurinominal, con sede en Ciudad de México, es la autoridad competente para conocer y resolver el medio de impugnación promovido por el actor.

Por ello, remitieron el asunto a la Sala Regional Ciudad de México bajo el expediente SCM-JDC-27/2026. Además, Mauricio Vega Reyes solicitó que el caso fuera conocido mediante la figura de salto de instancia.

Sin embargo, los magistrados regionales resolvieron el 11 de marzo que corresponde al Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo analizar de fondo la queja. Argumentaron que el caso no cumple con el principio de definitividad y que no existe justificación para excluir la competencia de la instancia jurisdiccional local ni riesgo de irreparabilidad en los derechos político-electorales que señala el promovente.

Asimismo, señalaron que en la convocatoria a la IX Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional se aprobó una prórroga de la vigencia de los integrantes de los Consejos Estatales hasta el 1 de octubre de 2027; por lo tanto, existe tiempo suficiente para que el TEEH resuelva la controversia antes de acudir nuevamente a la Sala Regional Ciudad de México.

En las últimas horas, el tribunal hidalguense turnó el folio TEEH-JDC-035-2026, relacionado con el citado reencauzamiento por parte de la Sala Regional.






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