Sala Superior del TEPJF ratifica negativa a exconsejera para reingresar al INE

La Sala Superior del TEPJF declaró improcedente el recurso promovido por la exconsejera del IEEH, Laura Aracely Lozada Nájera, quien impugnó la negativa de reincorporarse al SPEN del INE. El pleno consideró que el caso no cumplía con los requisitos especiales para su estudio de fondo.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que es improcedente la queja presentada por la exconsejera del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), Laura Aracely Lozada Nájera, contra la negativa de reincorporarla al Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) del Instituto Nacional Electoral (INE).

En sesión pública, los magistrados votaron de manera unánime porque el asunto no procedía para su resolución, debido a que no se actualizó el requisito especial de procedencia para conocer y dirimir el caso.

Ante la última instancia, la exfuncionaria electoral hidalguense formalizó el recurso de reconsideración SUP-REC-13/2026 para revocar la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México, en el juicio SCM-JDC-2/2026, mismo que corroboró el acuerdo de la Junta General Ejecutiva del INE en el recurso de inconformidad INE/DEAJ/REINGRESO/RI/02/2025, en el cual descartaron la solicitud de reingreso como vocal secretaria en la 06 Junta Distrital Ejecutiva con cabecera en Pachuca.

Los jueces de la Sala Regional Ciudad de México sostuvieron que, para regresar al citado encargo, era necesario acatar la normativa vigente, principalmente acreditar la constancia de la obtención de la titularidad en el nivel del cargo que desempeñaba previo a la separación del SPEN; por ello, la exconsejera recurrió a la última instancia.

Pese a que Lozada Nájera pretendía que se revocara dicho veredicto, el pleno de la Sala Superior consideró que el caso no ameritaba una valoración de fondo, dado que no se solicitó la inaplicación de leyes, no se señaló presunta inconstitucionalidad de normas, error judicial grave, violación al debido proceso u otras causales de trascendencia. Con ello ratificaron que es inviable su regreso como funcionaria del SPEN.