Dañar o amenazar a mascotas podría considerarse violencia familiar en Hidalgo

El diputado Avelino Tovar Iglesias presentó una iniciativa para incorporar la protección de animales de compañía a las medidas contra la violencia familiar en Hidalgo.

Dañar, maltratar, sustraer, retener u ocultar mascotas para intimidar, controlar o castigar a mujeres y niñas podría ser reconocido expresamente como una forma de violencia familiar en Hidalgo, de aprobarse una iniciativa presentada este jueves ante el Congreso del estado.

El diputado Avelino Tovar Iglesias propuso reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias para el Estado de Hidalgo, con el propósito de incluir las agresiones y amenazas contra animales de compañía cuando sean utilizadas como mecanismos de control sobre las víctimas.

La propuesta contempla que estas conductas sean reconocidas como violencia familiar cuando el agresor busque intimidar, castigar o impedir que una mujer se separe de él mediante amenazas o daños contra sus mascotas, las de sus hijas e hijos o aquellas que habiten en el domicilio familiar.

Para ello, plantea reformar la fracción VI del artículo 7 y adicionar disposiciones a los artículos 4, 7, 32 Bis y 32 Ter de la legislación estatal.

Entre los cambios se encuentra la incorporación del concepto de animales de compañía, tomando como referencia la definición establecida en la Ley de Protección y Trato Digno para los Animales en el Estado de Hidalgo.

Agresores no podrían retener ni amenazar a las mascotas

La iniciativa establece que las órdenes de protección a favor de mujeres y niñas también puedan incluir medidas específicas para resguardar a sus animales de compañía.

Entre ellas, se contempla prohibir al agresor dañar, maltratar, amenazar, sustraer, retener, ocultar, transferir o disponer de las mascotas de la víctima, de sus hijas e hijos o de aquellas que vivan en el domicilio común.

Asimismo, se propone facultar a las autoridades para ordenar la entrega inmediata de los animales a la mujer o niña afectada, sin que sea necesario resolver previamente quién tiene la propiedad legal de la mascota.

La autoridad jurisdiccional también podría determinar que los animales permanezcan provisionalmente bajo el cuidado de la víctima, independientemente de que esta acredite su propiedad o posesión.

Estas medidas incluirían la prohibición de que la persona agresora se acerque a los animales, los retire del lugar donde se encuentren o realice cualquier acción que ponga en riesgo su integridad.

Contemplan resguardo temporal en refugios

Otro de los planteamientos establece que, cuando la víctima no pueda llevar consigo a sus animales de compañía, las autoridades puedan gestionar su resguardo temporal.

Este cuidado podría quedar a cargo de una persona de confianza de la mujer o, en su defecto, de refugios y asociaciones protectoras de animales autorizados o registrados que acepten recibirlos.

La iniciativa precisa que las medidas de protección no resolverían de manera definitiva los derechos de propiedad sobre los animales, pues esa determinación correspondería a la autoridad competente.

De acuerdo con la exposición de motivos, la reforma busca cerrar una vía de intimidación utilizada por personas agresoras, quienes pueden recurrir al daño, las amenazas o la retención de mascotas para someter a sus víctimas.

El diputado explicó que estas conductas pueden convertirse en un obstáculo para que las mujeres abandonen una relación violenta, ante el temor de que sus animales sufran represalias.