Redacción
Al mediodía de este miércoles, se anunció que un juez federal concedió un amparo a Héctor Beltrán Leyva para frenar su extradición a Estados Unidos por anomalías en el procedimiento. Sin embargo, por la tarde la PGR informó que impugnará.
Por su parte, el Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México informó que determinó conceder al quejoso la protección de la justicia federal, contra el acuerdo administrativo de fecha 26 de septiembre de 2016, dictado por la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el que concede la extradición.
Los efectos de la sentencia son que el secretario de Relaciones Exteriores deje insubsistente el referido acuerdo, dictado en el expediente de extradición mediante el cual concedió la extradición al gobierno de los Estados Unidos.
Al respecto tendrá que devolver el expediente al Juez Octavo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, quien deberá reponer el procedimiento a partir del auto dictado el 11 de agosto de 2016, en el que consideró innecesario llevar a cabo una junta de peritos y, en su caso, designar un perito tercero en discordia, a fin de que lleve a cabo el trámite previsto en el artículo 236 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Una vez hecho lo anterior, pueda emitir la opinión jurídica que corresponde a ese órgano jurisdiccional, lo que implica que dicho juzgador deje insubsistente la opinión jurídica de fecha 29 de agosto de 2016. Posteriormente continúe con el trámite correspondiente al procedimiento de extradición.
El amparo otorgado al Beltrán Leyva no implica su libertad porque no existe un pronunciamiento de fondo respecto de la procedencia o improcedencia de la petición de extradición formulada.
En la sentencia se precisa que la concesión se hace extensiva al acto de ejecución reclamado al procurador General de la República y al director del Centro Federal de Readaptación Social número 1 "Altiplano", en Almoloya de Juárez, estado de México, dado que ese acto no se impugnó por vicios propios, sino que en vía de consecuencia.
También precisa que se sobreseyó por lo que hace a actos atribuidos a diversas autoridades, en virtud de que el quejoso no desahogó la prevención señalada por el juzgador.
PGR RESPONDE
Según la Procuraduría General de la República (PGR), el amparo concedido a Beltrán Leyva no es definitivo, “ya que se cuenta con la posibilidad de impugnarlo en términos de la Ley de Amparo”.
La dependencia explicó que derivado de la sentencia dictada por el Juzgado 10 de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, se ponderarán las acciones legales a seguir con objeto de hacer valer los compromisos de México en materia de cooperación internacional.
Asimismo, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) enfatizó en un comunicado que dicha sentencia no tiene como efecto que el reclamado quede en libertad, sino que el juez de extradición reponga el procedimiento para que se desahoguen diversas diligencias en el ámbito probatorio.





