FALTA POCO. Comisiones legislativas aprueban eliminar fuero a servidores públicos

Genoveva Martínez

Luego de casi cinco meses de discusión, los diputados hidalguenses integrantes de las Comisiones encargadas aprobaron la propuesta del gobernador Omar Fayad de eliminar el fuero a servidores públicos estatales y municipales, así como el procedimiento para la declaración de procedencia.

El fuero es la prerrogativa de senadores y diputados federales o locales, así como de otros servidores públicos contemplados en la Constitución Política, que los exime de ser detenidos o presos, excepto en los casos que determinan las leyes, o procesados y juzgados sin previa autorización del órgano.

En próximas horas, las comisiones conjuntas remitirán el dictamen ante la mesa directiva para someterlo a votación del pleno del Congreso local. Una vez aprobado, quedará establecido en Hidalgo que ninguna persona gozará de fuero o inmunidad procesal que le otorgue privilegios o prerrogativas en materia jurídica.

Los legisladores modificaron los artículos 34, 52 fracción IV, 153 párrafos primero y segundo; adiciona el artículo 153 tercer párrafo; y derogaron los artículos 56 fracción XXVII; y 150 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado de Hidalgo.

En las permutas se establece que la responsabilidad de cualquier servidor público por delitos del orden común será exigible conforme a la legislación penal aplicable a nivel local, sin requerir declaración de procedencia o trámite adicional alguno, procurando la igualdad en la aplicación de la ley y garantizando el acceso a la justicia imparcial.

El Ministerio Publico investigará las denuncias o procesos penales instaurados en contra de alguna de las personas que ocupan cargos públicos de los enunciados en el artículo 149 y el primer párrafo del artículo 150 no respondan a censura, venganza o persecución política.

Cabe mencionar que el Poder Legislativo efectuará las reformas correspondientes a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado y la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado a más tardar 90 días después de la entrada en vigor de este decreto.