Piden 25 millones de pesos de reparación por muerte de Karla, atropellada por conductor ebrio en Hidalgo

La familia de Karla Espinoza Hernández y sus abogados señalaron que buscan que el daño moral sea considerado dentro de la reparación integral en el proceso penal. Advirtieron que en la audiencia del 23 de septiembre la defensa del imputado podría solicitar una salida alterna.

La familia de Karla Espinoza Hernández, joven universitaria originaria de Tianguistengo que falleció tras ser arrollada por un conductor en estado de ebriedad, expresó su desacuerdo con el criterio adoptado por el juez penal, Pablo Marcelo Coiffer Martínez, respecto a la reparación integral del daño.

En rueda de prensa, familiares y abogados informaron que han solicitado que se reconozcan diversos conceptos dentro de la reparación, cuyo monto estiman en 25 millones de pesos.

De acuerdo con los representantes legales de la familia, el juzgador considera que el daño moral corresponde a la materia civil y no a la penal.

Los abogados señalaron que este criterio restringiría el derecho de las víctimas a obtener una reparación integral dentro del proceso penal y las obligaría a iniciar un juicio adicional ante un juez civil.

Buscan incluir daño moral en reparación

El abogado David Ramírez sostuvo que la normatividad contempla diferentes componentes dentro de la reparación integral y que la Ley General de Víctimas no establece que el daño moral deba tramitarse necesariamente por la vía civil.

“Donde la ley no distingue, el juzgador no debe distinguir”, expresaron los representantes legales. Explicaron que el daño moral es distinto al patrimonial, ya que comprende afectaciones a los sentimientos, valores y esfera personal de las víctimas indirectas.

En el caso de Karla, sostuvieron que la reparación no debería limitarse a gastos médicos, funerarios o psicológicos ni calcularse únicamente a partir de conceptos patrimoniales.

Los abogados también retomaron el concepto de proyecto de vida, al señalar que la joven tenía planes personales y profesionales que quedaron inconclusos.

Cuestionaron que, de excluirse el daño moral, la reparación pudiera quedar en alrededor de 700 mil pesos.

“¿Vale la vida de una persona?”, cuestionaron, al señalar que ninguna cantidad devolverá la vida a Karla, pero que la reparación integral constituye un derecho de las víctimas.

Prevén posible solicitud para suspender el proceso

Los representantes legales adelantaron que durante la audiencia programada para el 23 de septiembre es probable que la defensa del imputado busque la suspensión del proceso, una salida alterna que, según explicaron, podría concluir en sobreseimiento.

Advirtieron que, de concretarse, el daño moral quedaría fuera y la reparación se limitaría a los conceptos estrictamente patrimoniales.

Recordaron que inicialmente el caso fue clasificado como homicidio culposo y que posteriormente la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo reclasificó los hechos como homicidio doloso eventual, tras las gestiones realizadas por la familia.

No obstante, indicaron que el auto de vinculación a proceso mantiene una clasificación diferente, situación que, de acuerdo con los abogados, repercute en las salidas alternas a las que podría acceder el imputado.