El exdiputado local del Partido del Trabajo (PT), Edgar Hernández Dañu, logró que un tribunal federal le concediera un amparo que revoca la sentencia de cinco años de prisión que le había sido impuesta por el delito de narcomenudeo. La resolución señala que el procedimiento abreviado utilizado para condenarlo fue ilegal, ya que se aprobó cuando el juicio ya había comenzado formalmente.
Hernández Dañu, quien representó al distrito de Ixmiquilpan durante la LXV Legislatura del Congreso de Hidalgo, fue detenido el 21 de septiembre de 2023 en un operativo en el que participaron fuerzas federales y estatales. Junto con él fue aprehendida Blanca Arely L. D., su compañera y educadora de profesión. En esa ocasión, se les acusó de posesión de armas exclusivas del Ejército y drogas con fines de comercio.
Según ha declarado el propio exlegislador en entrevista para Effetá, el operativo fue irregular desde el inicio, pues la orden de cateo estaba dirigida a otro domicilio y el cateo fue declarado ilegal posteriormente. Además, asegura que hubo cambios sospechosos en las pruebas, como la cantidad de droga incautada, que supuestamente pasó de 66 a 13 gramos para evitar que el caso se clasificara como delito federal.
Durante meses, Hernández Dañu permaneció en prisión preventiva hasta que, en mayo de 2024, un juez le concedió prisión domiciliaria en el hotel Sahara de Pachuca, donde permaneció bajo custodia hasta diciembre pasado para ser reingresado en el centro penitenciario de Pachuca. Desde ahí, informó que decidió impugnar la sentencia del 15 de noviembre porque, según él, no se respetaron los términos del acuerdo que alcanzó con las autoridades.
“Se suponía que si aceptaba los cinco años, no habría multa, ni disculpa pública, ni inhabilitación, y mi compañera quedaría fuera del proceso. Nada de eso se cumplió”, afirmó.
Ahora, el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito del Poder Judicial de la Federación ha determinado que el juicio abreviado no debió haberse aprobado, pues la ley establece que sólo puede aplicarse antes del inicio del juicio oral. En este caso, ya se había dictado el auto de apertura y se había instalado el Tribunal de Enjuiciamiento.
La resolución federal no exime a Hernández Dañu del proceso, pero sí ordena reiniciar el juicio desde la etapa oral, ante un nuevo tribunal, con la posibilidad de que se presenten nuevamente pruebas y se dicte una nueva sentencia, incluso absolutoria.
Asimismo, y en consecuencia, deberá de regresar a resguardo domiciliario a la brevedad en el Hotel Sahara, donde deberá de ser vigilado por la Unidad de Medidas Cautelares de la Secretaría de Seguridad Pública de Hidalgo.
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