Un juez federal determinó no vincular a proceso al exrector de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), Adolfo Pontigo Loyola, así como a la excoordinadora de Administración y Finanzas, Gabriela Mejía Valencia, y a la exdirectora de Recursos Financieros, Estela Galindo Ortega, al considerar que la Fiscalía General de la República (FGR) no acreditó uno de los elementos esenciales del delito de peculado.
En la resolución de la causa penal 604/2025, el juez de control federal, David Adrián Martínez Santiago, concluyó que, si bien quedó acreditado que la UAEH recibió recursos federales y que los imputados tenían responsabilidades en su administración y supervisión, la representación social no demostró que los 5 millones 923 mil 880 pesos señalados hubieran sido destinados a un fin distinto al autorizado.
Fiscalía no acreditó el presunto desvío
Durante la audiencia, el juzgador señaló que la Fiscalía sostuvo que los recursos fueron transferidos al Plan de Beneficios Sociales Múltiples; sin embargo, no explicó por qué ese destino contravenía el convenio firmado con la Secretaría de Educación Pública (SEP) ni por qué dicho concepto no podía formar parte de los rubros autorizados para ejercer el subsidio federal.
Además, advirtió inconsistencias en la acusación al utilizar indistintamente los conceptos de "aplicación distinta" y "distracción de su objeto", figuras jurídicas con alcances diferentes, por lo que consideró que la imputación carecía de una argumentación clara y congruente.
ASF solventó las observaciones
El juez también tomó en cuenta que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) emitió observaciones iniciales sobre el manejo de los recursos; sin embargo, posteriormente determinó que la UAEH solventó dichas observaciones y descartó responsabilidades resarcitorias para la institución y sus funcionarios.
Asimismo, indicó que una vez destinados al pago de salarios, los recursos dejaron de tener el carácter de recursos públicos federales y pasaron a formar parte del patrimonio de los trabajadores, por lo que las retenciones para integrar el Plan de Beneficios Sociales Múltiples no podían considerarse, por sí mismas, un desvío de recursos públicos.
El juez también estimó que la Fiscalía no desvirtuó los argumentos de la defensa respecto a que las transferencias a la empresa Consulting Group respondían a un acuerdo institucional para administrar dicho plan.
Investigación continúa abierta
Con estos elementos, el juzgador dictó auto de no vinculación a proceso, sin efectos de sobreseimiento, por el delito de peculado previsto en el artículo 223, fracción IV, del Código Penal Federal.
La resolución implica que la investigación no queda concluida de manera definitiva y que la FGR podrá volver a judicializar el caso si obtiene nuevas pruebas que sustenten la acusación.
Por su parte, la UAEH informó que la resolución corresponde a la investigación relacionada con el presunto desvío de recursos federales del ejercicio fiscal 2018 y aseguró que durante la audiencia la defensa acreditó que los recursos fueron aplicados conforme a su objeto y destino, además de señalar que la ASF y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) respaldaron el cumplimiento de las obligaciones correspondientes.






