La iniciativa de reforma electoral en materia de paridad de género para la elección de ayuntamientos de 2027 establece que las candidaturas independientes también deberán sujetarse al esquema de bloques de género, pese a que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha sostenido que no se puede obligar a una persona aspirante por esta vía a registrarse bajo un género determinado.
La propuesta, presentada este miércoles en el Congreso del estado, fue suscrita por 24 de los 30 diputados locales. Cuenta con el respaldo de legisladores de Morena —con excepción de Tania Meza Escorza—, así como de las bancadas del PVEM, Nueva Alianza, PT y la representación partidista del PRD Hidalgo. No fue firmada por las bancadas del PRI, Movimiento Ciudadano ni PAN.
Reservarían 42 municipios exclusivamente para mujeres
La iniciativa plantea reformar los artículos 21, en sus párrafos quinto y sexto, y 119 del Código Electoral del Estado de Hidalgo, para dividir los 84 municipios en dos bloques de 42, ordenados alfabéticamente para la postulación de candidaturas a las presidencias municipales.
El primer bloque, integrado por los municipios de Acatlán a Molango de Escamilla, quedaría reservado exclusivamente para mujeres. En el segundo, que comprende de Nicolás Flores a Zimapán, los partidos políticos y las candidaturas independientes podrían registrar indistintamente a hombres o mujeres.
De aprobarse, las reglas aplicarían desde la etapa de registro de candidaturas. En consecuencia, las personas que busquen contender por la vía independiente únicamente podrían hacerlo si cumplen con el género asignado al municipio correspondiente. Además, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) tendría que incluir expresamente en la convocatoria el listado de municipios exclusivos para mujeres y aquellos de postulación abierta.
La propuesta contrasta con criterios del TEPJF
De acuerdo con los criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los lineamientos de paridad mediante bloques de competitividad o exclusividad territorial no deben restringir de manera desproporcionada el derecho de la ciudadanía a contender mediante una candidatura independiente.
Asimismo, un estudio de la Cámara de Diputados señala que exigir un género específico para una candidatura independiente, cuya postulación depende del respaldo ciudadano mediante la recolección de firmas, podría vulnerar el derecho de votar y ser votado de las personas interesadas en participar en esa demarcación.
Entre las modificaciones contempladas en la iniciativa también se encuentra la eliminación del comité que emitía opiniones sobre personas con discapacidad, así como la desaparición de la segunda sindicatura y de una regiduría en los ayuntamientos, tanto de mayoría relativa como de representación proporcional.





