Buscan castigar hasta con 12 años de prisión el despojo de viviendas a adultos mayores en Hidalgo

En Hidalgo se iniciaron 574 carpetas por este delito durante el primer semestre de 2026, según datos citados en la propuesta.

Hasta 12 años de prisión podrían alcanzar quienes despojen de un inmueble a una persona adulta mayor aprovechándose de su edad, aislamiento, dependencia, estado de salud o de una relación de confianza, de acuerdo con una iniciativa presentada ante el Congreso de Hidalgo por Orquídea Larragoiti Osorio.

La propuesta busca reformar el Código Penal para el Estado de Hidalgo para brindar una protección reforzada a personas adultas mayores, con discapacidad o que se encuentren en condiciones de dependencia, aislamiento o especial vulnerabilidad.

El planteamiento parte de que la pérdida ilegítima de una vivienda no representa únicamente una afectación patrimonial, sino que puede poner en riesgo la seguridad, estabilidad emocional, continuidad de cuidados y autonomía de las víctimas.

Hasta 12 años por aprovecharse de la vulnerabilidad

La iniciativa propone adicionar el artículo 219 Bis, que establecería una pena de cuatro a 12 años de prisión y multa de 200 a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) cuando el despojo se cometa contra una persona adulta mayor y el responsable se aproveche de su condición.

La misma pena se aplicaría cuando la víctima sea una persona con discapacidad, niña, niño o adolescente, mujer embarazada, integrante de un pueblo o comunidad indígena o afromexicana, o una persona en situación de dependencia, siempre que se acredite que el responsable aprovechó esa condición o los obstáculos que generó para la defensa de su patrimonio.

La agravante también alcanzaría a quienes se aprovechen de una relación de confianza, entre ellos familiares, personas cuidadoras, administradoras, apoderadas o prestadoras de servicios.

La iniciativa precisa que deberá demostrarse el aprovechamiento efectivo de la vulnerabilidad, por lo que la edad por sí misma no sería suficiente para actualizar la agravante.

Despojo también mediante documentos falsos

La propuesta busca actualizar el delito ante formas de despojo que no necesariamente comienzan con la invasión física de una propiedad.

Entre las conductas señaladas se encuentran la simulación de actos jurídicos, suplantación de identidad, falsificación de documentos, abuso de confianza, uso de poderes apócrifos, alteración de identificaciones y aprovechamiento de relaciones familiares o de cuidado.

El artículo 219 Bis también contemplaría penas de cuatro a 12 años cuando el delito sea cometido con violencia física o moral, mediante documentación falsa o instrumentos notariales fraudulentos, así como cuando exista la intervención dolosa de una persona servidora pública, policía, notaria pública o alguien que simule ejercer esas funciones.

En estos últimos casos se propone, además, destitución, suspensión o inhabilitación de tres a 10 años para desempeñar cargos públicos o ejercer la función notarial.

Suben 25.9% investigaciones por despojo

La exposición de motivos señala, con base en cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que durante el primer semestre de 2026 se iniciaron en Hidalgo 574 carpetas de investigación por despojo, frente a 456 en el mismo periodo de 2025.

La diferencia representa 118 investigaciones adicionales y un incremento aproximado de 25.9%.

Pachuca concentró el mayor número, con 64 carpetas, seguido de Tizayuca con 63; Mineral de la Reforma, 40; Tula de Allende, 30, y Tulancingo de Bravo, 25.

En conjunto, estos cinco municipios acumularon 222 investigaciones, alrededor del 38.7% del total estatal.

Proponen aumentar penas desde el delito básico

Actualmente, de acuerdo con la iniciativa, el artículo 218 establece para el despojo una sanción de tres meses a seis años de prisión y de 10 a 200 días multa.

La reforma plantea elevar la pena básica a dos a ocho años de prisión, además de una multa de 100 a 500 veces el valor diario de la UMA.

También propone establecer penas de tres a 10 años cuando el despojo afecte la vivienda habitual de la víctima, inmuebles destinados a servicios públicos o atención de adultos mayores, terrenos agrícolas productivos, sea cometido por tres o más personas coordinadas o tenga como finalidad la comercialización ilícita del inmueble.

La sanción más elevada del proyecto sería de seis a 15 años de prisión y multa de 500 a 2 mil veces el valor diario de la UMA para quienes organicen, dirijan, financien o coordinen la comisión de estos delitos.

Finalmente, se plantea adicionar el artículo 220 Bis para obligar a las autoridades a proporcionar a las víctimas adultas mayores, con discapacidad o en situación de dependencia una atención accesible, diligente, diferenciada y libre de revictimización, además de valorar medidas de protección e informar sobre la posibilidad de solicitar la restitución provisional del inmueble.