Morena desecha quejas de militantes hidalguenses por “anomalías” en asambleas seccionales

La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena resolvió desechar o declarar improcedentes varios recursos promovidos por militantes de Hidalgo, quienes denunciaron presuntas anomalías en la integración de comités seccionales de defensa de la transformación.

La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena desechó y/o calificó como improcedentes diversas quejas interpuestas por militantes de Hidalgo que denunciaron supuestas irregularidades y omisiones durante las asambleas para constituir los comités seccionales “guindas”.

En el procedimiento sancionador electoral CNHJ-HGO-259/2025, Lised Pontaza Peralta, participante en la asamblea seccional del municipio de Epazoyucan, señaló a Juana González Esquivel y otros militantes por presunta comisión de actos contrarios a los principios y documentos básicos del partido.

Sin embargo, la entidad de justicia desechó el expediente al considerar que no cumplía con los requisitos reglamentarios y porque la promovente no desahogó las prevenciones solicitadas.

Respecto al caso CNHJ-HGO-290/2025, María Dalia Gayosso San Agustín denunció actos u omisiones relacionadas con la convocatoria emitida el 21 de julio de 2025 por el Comité Ejecutivo Nacional, señalando una integración incompleta en la sección 1039 de San Bartolo Tutotepec.

No obstante, la CNHJ determinó que el asunto era improcedente, debido a que los resultados de la elección de los comités seccionales aún están sujetos a validación y calificación por parte de los órganos responsables.

En el expediente CNHJ-HGO-288/2025, Emmanuel Flores Bermúdez presentó quejas por presuntas anomalías en el cónclave celebrado el 7 de septiembre en la sección 0939 de Pachuca, señalando como irregular la designación de Jesús Rodríguez Sainz como presidente del comité.

El órgano partidista argumentó que la validación de los comités seccionales aún no es definitiva, pues requiere la revisión de la Comisión Nacional de Elecciones y la Secretaría de Organización. Además, indicó que el promovente carecía de interés jurídico, dado que ninguna decisión afectaba directamente sus derechos en ese momento.

Por último, en el expediente CNHJ-HGO-282/2025, Martín Camargo Hernández y Fermín Pérez Lugo impugnaron la omisión de la Comisión Nacional de Elecciones en la convocatoria y lineamientos relativos a la conformación de comités, así como el proceso electivo en una seccional de El Boxtha, Actopan.

El ente calificó el recurso como improcedente, ya que fue presentado fuera de los plazos legales, es decir, cuatro días después de celebrada la sesión extraordinaria del Consejo Nacional del 20 de junio.


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