La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución de la Sala Regional Especializada que sancionaba a Movimiento Ciudadano (MC) y a su excandidata al Senado por Hidalgo, Elizabeth Adriana Flores Torres, por presunta calumnia contra la también excandidata del PRI, Carolina Viggiano Austria.
En la sentencia emitida el 2 de julio de 2025, el Tribunal determinó que las publicaciones de Flores Torres en Facebook —donde señaló haber denunciado a Viggiano por violencia política de género — estaban sustentadas en hechos propios y en una denuncia formal interpuesta, por lo que no puede exigirse que la candidata exhibiera en redes sociales el número de carpeta de investigación o pruebas adicionales.
“Exigir que una víctima cargue permanentemente con el acuse de su denuncia para hablar del tema es irrazonable y revictimiza”, señala el fallo. La Sala enfatizó que, en el contexto de un proceso electoral, es válido que las candidatas expongan públicamente situaciones de violencia, ya que es un tema de interés general.
En mayo pasado, la Sala Regional había considerado que Flores incurrió en calumnia al acusar públicamente a Viggiano, imponiéndole una amonestación pública, además de multar a MC con 50 UMAS (poco más de 5 mil pesos) por falta de deber de cuidado sobre sus candidatas.
Sin embargo, la revisión de la Sala Superior desestimó ambos señalamientos. “No existió intención de difundir hechos falsos con ánimo de dañar, sino de visibilizar una denuncia presentada ante la Fiscalía”, concluyó.
La magistrada ponente, Janine Otálora, advirtió que la interpretación inicial de la Sala Regional generaba un efecto inhibidor para las mujeres que buscan denunciar violencia de género en campañas electorales.
Con esta resolución, tanto Flores Torres como MC quedan libres de las sanciones impuestas, cerrando el expediente SUP-REP-202/2025 y su acumulado SUP-REP-210/2025.
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