Sancionó el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado (ITAIH) a 11 servidores públicos por incumplimiento en la carga de información de las obligaciones establecidas en la legislación en la materia durante el primer semestre del 2025.
Los comisionados determinaron como medida de apremio, para cada uno de los superiores jerárquicos, la multa de hasta 150 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 16 mil 971 pesos.
Entre los señalados aparecen: el dirigente estatal del Partido del Trabajo (PT), Javier Vázquez Calixto; del sindicato de Ixmiquilpan, Miguel Ángel Martínez Espinoza; Armando Soto Hernández, del sindicato de trabajadores del municipio de Tecozautla; y de la asociación gremial del municipio de Emiliano Zapata, Alejandro Mendoza Pérez.
Asimismo, del Sindicato del Ayuntamiento de Cuautepec de Hinojosa, Silvia Olivares Omaña; de la asociación gremial del municipio de Atotonilco el Grande, Roberto Hernández Sierra; y del sindicato de Huejutla de Reyes, Jesús Santos Lezama.
De igual manera, fueron sancionados los presidentes municipales de Singuilucan, Yazmín Dávila López, emanada de Morena; de Pacula, también del mismo partido, José Christian Buendía Andrade; la edil de Tenango de Doria, Martha López Patricio; y la alcaldesa de Tepetitlán, Ana Elsa Castillo Cea, del PT.
Desde el año 2023 hasta el término del ejercicio 2024 se registran más de 170 multas a servidores públicos de los diversos sujetos obligados del estado.
Como dato relevante, el ITAIH castigó con medidas de apremio consistentes en más de 900 amonestaciones públicas por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación en la materia, tales como la falta de respuesta a las solicitudes de información en los plazos señalados en la normatividad aplicable; actuar con negligencia, dolo o mala fe durante la sustanciación de las solicitudes en materia de acceso a la información.
No difundir la información relativa a las obligaciones de transparencia previstas en la ley; incumplir los plazos de atención previstos; usar, sustraer, divulgar, ocultar, alterar, mutilar, destruir o inutilizar total o parcialmente, sin causa legítima y conforme a las facultades correspondientes, la información que se encuentre bajo la custodia de los sujetos obligados y de sus servidores públicos, o a la cual tengan acceso o conocimiento con motivo de su empleo, cargo o comisión, entre otras.
En el 2019 se registraron 40 amonestaciones; en 2020, 13; en 2021, 75; durante 2022, 101; para 2023, 675; y en 2024, sólo una.







