Caasim enfrenta amparo por dejar sin reparar pavimento tras obras hidráulicas

Un juez federal admitió la demanda contra Caasim por la presunta omisión de reparar el pavimento después de trabajos hidráulicos; sin embargo, negó la suspensión provisional porque la promovente no acreditó habitar el inmueble señalado.

Una mujer promovió un juicio de amparo contra la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales (Caasim) por la presunta omisión de reparar el pavimento de un andador después de la ejecución de trabajos hidráulicos.

El Juzgado de Distrito en Pachuca admitió a trámite el pasado 22 de septiembre la demanda 1937/2026, promovida contra la dirección general del organismo operador encabezado por Juan Evel Chávez Trovamala.

El acto reclamado consiste en la presunta omisión de realizar trabajos de pavimentación y otras reparaciones pendientes en el acceso a un domicilio después de una obra atribuida a Caasim.

La promovente, de apellido Pérez Aldana, argumentó que la falta de reparación afecta la adecuada prestación de los servicios públicos y sostuvo que las obras complementarias posteriores a una intervención hidráulica forman parte de las obligaciones del organismo.

Juez pide informe a Caasim

Tras admitir la demanda, el juzgado programó para el 3 de noviembre de 2026, a las 10:38 horas, la audiencia constitucional en la que continuará el análisis del juicio.

Además, requirió a la autoridad señalada como responsable presentar su informe justificado en un plazo de 15 días.

De acuerdo con el acuerdo judicial, en caso de incumplimiento podría presumirse la existencia de los actos reclamados para efectos del juicio y aplicarse una multa de 26 mil 981.30 pesos.

Niegan suspensión provisional

De manera paralela, Pérez Aldana solicitó una suspensión provisional con efectos restitutorios para que Caasim realizara, mientras se resuelve el juicio principal, la reparación o reposición provisional del pavimento del andador.

Sin embargo, el juez negó la suspensión provisional al considerar que la promovente no acreditó, en esta etapa del procedimiento, que habite en el domicilio donde solicita los trabajos.

Entre las pruebas presentadas se encontraba una credencial para votar con un domicilio diferente al señalado en la demanda.

También fue presentado un recibo de energía eléctrica correspondiente al inmueble donde se solicita la reparación, pero el documento se encuentra a nombre de otra persona. El juzgador consideró además que una receta médica incorporada al expediente tampoco acreditaba que la quejosa residiera en ese lugar.

La negativa de la suspensión provisional no concluye el juicio de amparo. La audiencia incidental está prevista para el 29 de septiembre, a las 9:49 horas, mientras que el fondo del reclamo contra Caasim continuará su trámite dentro del expediente.