Dan “carpetazo” a señalamientos de promoción anticipada contra Jorge Reyes

El denunciado, en su defensa, argumentó que los hechos ocurrieron antes de que él fuera precandidato o candidato inscrito en el proceso electoral ordinario.

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desechó los señalamientos de promoción personalizada contra el candidato de Morena en Pachuca, Jorge Alberto Reyes Hernández, cuando fungía como subsecretario de Infraestructura del Gobierno estatal.

Durante la sesión de este miércoles se resolvió el expediente TEEH-PES-008-2024, presentado por Tonatiuh Herrera Gutiérrez, quien buscaba la candidatura del partido guinda para la alcaldía capitalina, la cual finalmente fue otorgada a Reyes Hernández.

El recurso se inició ante el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) por actos de propaganda gubernamental personalizada, señalando al individuo que desempeñaba el cargo de subsecretario de Infraestructura en la Secretaría de Infraestructura Pública y Desarrollo Humano Sostenible (SIPDUS) del Ejecutivo local.

Se detalló que el argumento fue que al ciudadano denunciado, en este caso el actual candidato morenista, se le señala por haber realizado conductas que transgreden el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución Política. Esto se debe a que, al fungir como subsecretario de la citada dependencia pública, utilizó los programas, recursos y personal a su cargo para promover su imagen.

Además, supuestamente difundió mensajes sobre acciones gubernamentales a través de la red social WhatsApp, al mismo tiempo que manifestaba sus intenciones políticas. Estos hechos ocurrieron el 25 y 29 de noviembre de 2023, así como el 15 y 17 de enero de 2024.

El denunciado, en su defensa, argumentó que los hechos ocurrieron antes de que él fuera precandidato o candidato inscrito en el proceso electoral ordinario.

Tras el análisis, los magistrados expresaron que lo ocurrido se enmarcó dentro de las atribuciones que tenía a su cargo en la SIPDUS, conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo.

“Se trata de acciones relativas que el denunciado tenía encomendadas. En ninguna de las acciones se desprende que el denunciado haya utilizado el foro en el que se encontraba para difundir mensajes sobre su pretensión a ocupar un cargo de elección popular, la intención de obtener el voto de favorecer o perjudicar a un partido político o candidato, inclusive en ningún momento de alusión al proceso electoral”, resolvieron.


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