Prestaciones de trabajadores fallecidos pueden recuperarse: STPSH

Laura Elizabeth Chincolla, titular de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, informó sobre los mecanismos que existen para que las prestaciones de las personas trabajadoras fallecidas, ya sea por accidente de trabajo o por enfermedad, puedan ser recuperadas por sus familiares. El más importante de ellos es un juicio de designación de beneficiarios, para el cual puede solicitarse asesoría gratuita en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH).

La funcionaria recordó que la Ley Federal del Trabajo dicta que podrán recibir indemnización por fallecimiento la viuda o viudo del trabajador, así como los hijos menores de 16 años y mayores de dicha edad que tengan una incapacidad de 50 por ciento o más; sin embargo, gracias a la reciente reforma a la normativa, la cobertura se amplía a los hijos de hasta 25 años que se encuentren estudiando en algún plantel del sistema educativo nacional.

Chincolla apuntó que, en caso de que la o el trabajador no estuviese casado, el juicio puede ser interpuesto por la o las personas con las que vivió durante los cinco años previos a su muerte; y si no existe descendencia, podrán recibir las prestaciones aquellas personas que dependían económicamente de la o el trabajador.

Las prestaciones que pueden recuperarse son, entre otras, el aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, en caso de que la persona trabajadora las haya generado y no las hubiese cobrado hasta antes de su muerte. Asimismo, se puede obtener lo correspondiente a salarios devengados y no cubiertos y la prima de antigüedad, de conformidad con lo que marca el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo.

La STPSH pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 7717136788 para solicitar alguna asesoría gratuita, o bien, el micrositio: https://s-trabajo.hidalgo.gob.mx/asesorialaboral/ para resolver las dudas en torno al tema. 


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