La titular de la Unidad Especializada en la Investigación de Delitos contra los Animales, Ana Lilia Martínez Hernández, señaló que la mayoría de las denuncias presentadas por la integrante de La Jauría de Balú, Alba Luisa Jiménez del Ángel, corresponden a deberes de cuidado y no a delitos, por lo que son canalizadas a los municipios para su atención.
Explicó que entre estas situaciones se encuentran casos en los que un animal está amarrado, permanece en una azotea, está flaco o no recibe alimento. Precisó que estas conductas no están contempladas como delito en el Código Penal, por lo que la Unidad determina el no ejercicio y corresponde al municipio dar seguimiento o, en su caso, imponer alguna multa.
Martínez Hernández indicó que Jiménez del Ángel ha presentado 45 denuncias, de las cuales 34 fueron decretadas como no ejercicio debido a que corresponden a deberes de cuidado; dos fueron judicializadas completamente y obtuvieron sentencia y pago de reparación del daño; tres están en integración y seis se encuentran en archivo temporal.
Sobre las dos carpetas judicializadas, explicó que corresponden a delitos cometidos contra la vida, dignidad e integridad de los animales y ocurrieron en los distritos de Pachuca y Mineral de la Reforma. En ambos casos, dijo, ya se obtuvo sentencia.
Seis carpetas están en archivo temporal
Respecto de las seis carpetas en archivo temporal, explicó que en algunos casos los testigos dejan de querer declarar, mientras que en otros, principalmente por envenenamiento, se cuenta con el animal muerto y la necropsia que acredita el envenenamiento, pero no con una persona identificada como responsable.
“Sí tenemos un delito, pero no tenemos a un presunto responsable”, explicó.
Sobre los señalamientos de que en algunos municipios los Ministerios Públicos no quieren recibir las denuncias, la funcionaria indicó que existen dos opciones para iniciar una carpeta de investigación: acudir a cualquier agencia del Ministerio Público en cualquier distrito judicial o utilizar la línea telefónica 800 900 12 13 14.
Aseguró que los Ministerios Públicos tienen la obligación de iniciar las carpetas por los delitos contemplados en el Código Penal. Sin embargo, aclaró que cuando se trata de un deber de cuidado no es un delito.
Detalló que en los Ministerios Públicos foráneos se revisa el Código Penal y se inician las carpetas que encuadran en sus disposiciones, por lo que difícilmente se abren investigaciones por deberes de cuidado. Ante ello, dijo, se habilitó la línea telefónica para brindar atención a la ciudadanía.
Municipios deben atender deberes de cuidado
Martínez Hernández agregó que, aunque los deberes de cuidado no son un delito, la Procuraduría atiende estos casos por indicación del procurador, con el propósito de atender a asociaciones o personas que señalan que no son atendidas en los municipios. Posteriormente, los reportes son canalizados al área correspondiente.
Al ser cuestionada sobre si el abandono de un perro constituye un delito, respondió que únicamente las conductas contempladas en el artículo 349 y demás artículos aplicables del Código Penal son consideradas delitos.
En cuanto a las investigaciones de este año, informó que se han judicializado siete carpetas y se han obtenido tres sentencias condenatorias.
Sobre el número total de denuncias atendidas, indicó que no contaba en ese momento con la cifra exacta, debido a que la Unidad también atiende denuncias relacionadas con deberes de cuidado.





