Sala Toluca da razón al TEEH: mantiene sentencia sobre regidores inhabilitados

De forma unánime, la Sala Regional Toluca, adscrita al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), en la que refirieron que las impugnaciones hechas por Pablo Vargas González, Carlos Conde Zúñiga y Olivia López Villagrán, regidores por Pachuca inhabilitados, tienen que ver con la materia administrativa y no la electoral.

Dentro de los proyectos de cuenta ST-JDC-558/2021, ST-JDC-559/2021 y ST-JDC-562/2021, se manifestó que los tres actores políticos acudieron a esta jurisdicción, derivado de las sentencias emitidas por el órgano jurisdiccional local electoral, esgrimiendo, entre varias cosas, la imposibilidad de asumir sus cargos dentro del cabildo capitalino.

Sobre los casos de Carlos Conde y Olivia López, ambos controvirtieron la decisión del ayuntamiento de Pachuca de determinar su inhabilitación por un año cuando desconocían dicho procedimiento, y que posterior a ello tomaron protesta a sus sustitutos.

Por otro lado, Pablo Vargas señaló que había solicitado licencia en el cabildo de Pachuca para tratar de contender por una candidatura a diputación local por el Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en las pasadas elecciones, y que al no haber obtenido espacio, solicitó regresar a su cargo, solicitud que fue negada por un proceso de inhabilitación.

En los tres juicios alegaron ser víctimas de discriminación por no pertenecer al mismo partido político y tener diferencias ideológicas con el alcalde Sergio Baños Rubio, y que aseguraron desconocer estar en inhabilitación para ejercer un cargo público.

No obstante, en la resolución se determinó que los tres casos, al tratarse de inhabilitaciones administrativas, estas quedan fuera de las atribuciones por parte de la Sala Toluca, y que por consiguiente quedan fuera de la esfera electoral, toda vez que se comprobó que los tres actores políticos incumplieron con el cumplimiento de su declaración patrimonial.

De esta manera, el órgano jurisdiccional resolvió que se mantienen las sentencias emitidas por el TEEH, en virtud en que se declaró que la Sala Toluca es incompetente para resolver un tema de índole administrativo.


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