Segundo mandamiento: sobre la ética del poder

Antes de continuar con mi colaboración sobre los diez mandamientos, comparto que la traducción de la Biblia que utilizo para esta entrada, y para los demás textos donde hablo de ella, es la que hizo Casiodoro de Reina y que revisó Cipriano de Valera, mejor conocida como Reina-Valera. Respecto a la obra de Maquiavelo, me he permitido utilizar diversos textos entre los que destaco los escritos o las traducciones de Sebastián de Grazia, Federico Chabod, Elisur Arteaga y Stella Mastrangello.

Sin otro preámbulo, cito el mandamiento que dirige este texto:

“Éxodo 20:4–20:6: No te harás imagen, ni ninguna semejanza de lo que esté arriba en el cielo, ni abajo en la tierra, ni en las aguas debajo de la tierra. No te inclinarás a ellas, ni las honrarás; porque yo soy Jehová tu Dios, fuerte, celoso, que visito la maldad de los padres sobre los hijos hasta la tercera y cuarta generación de los que me aborrecen, y hago misericordia a millares, a los que me aman y guardan mis mandamientos”.

La regla es clara: está tan prohibido hacer ídolos como adorarlos y su penalización, o condena, por causas del monotelismo ético es maquiavélica (utilizo este término porque es el que más se adecua por consecuencias), ya que la naturaleza de ese castigo y la ética que maneja la biblia es la del poder.

El mandamiento no debe entenderse de forma puritana, puesto que se concebiría que solamente está prohibida la adoración a entes clásicos del paganismo teológico, sino que la adoración se manifiesta etérea porque existen tantas causas para que el individuo deposite sus motivos éticos como las deidades que fueron creadas en la antigüedad por las diferentes civilizaciones.

Este mandamiento es importante porque el sujeto debe identificar falsos dioses y evitar su adoración, toda vez que ello termina con la solidaridad humana como principio político.

Sobre este tema, Dennis Prager, político republicano, ha manifestado (bajo el esquema cristiano) que, ya que solo existe un solo dios para toda la humanidad, no es posible cubrir inmoralidades con otros dioses, entendidos estos como: racialidad, dinero, banderas, arte, educación, amor, u otros; porque la adoración, alabanza o fanatismo a cualquiera de ellos podrían conducir a terribles resultados.

Un ejemplo que pone el comentarista citado es el de la música, diciendo que esta puede inspirar a una acción indebida. Esto trae a mi cabeza personas inspiradas por distintas obras artísticas para realizar terribles actos (sin mencionar los desórdenes mentales de las personas señaladas): en primer lugar, James Holmes, quien se inspiró en el Batman para realizar una masacre en Colorado; en segundo, Charles Manson, quien escuchaba, sin hartazgo, junto a su secta homicida la canción Helter Skelter de los Beatles; en tercero, Shoko Ashara, el líder sectario que condujo a sus acólitos a un suicidio masivo inspirado en la Fundación de Isaac Asimov; y por último, el texto Penas del joven Werther, el cual imbuyó a cientos de jóvenes a cometer suicidio en el siglo XVIII.

La realidad es que la educación sintáctica o de coherencia de procesos, en conjunción con las mentes enfermas o dañadas, son las que pueden generar contenidos con nulo valor social o circunstancias distópicas.

Este segundo mandamiento indica: adora al dios que hizo los diez mandamientos y harás un mundo mejor; adora a un falso dios – sin importar la nobleza de este – y terminarás haciendo algo negativo para la sociedad.

Las penas inusitadas y la trascendencia de ellas son el castigo por la desobediencia de este precepto. Al respecto dice Maquiavelo en El príncipe, Cap. III.:

  • … los hombres deben ser o halagados o destruidos, pues que de las ofensas pequeñas se vengan, en tanto que de las graves no pueden. En consecuencia, cuando se hace una ofensa a un hombre, debe ser de tal suerte que no quepa temer su venganza.
  • Téngase muy en cuenta que a los hombres se les debe ganar o imposibilitarles de causar daño, porque de las pequeñas ofensas se vengan, pero de no de las grandes; por ello el agravio que se les haga debe ser de los que no permitan tomen venganza.

El precepto tiene en su redacción el vicio de la casuística y que de la generalidad no se llegue al caso específico, sin embargo, el mensaje y el castigo es claro: la maldad, contenida en lo inusitado, pudiera ser la infamia, las marcas, el tormento, el exceso de otra condena o la muerte.

Maquiavelo afirma muchas cosas que deben hacerse para preservar el poder, con límites, prohibiciones e inhibiciones, para lo cual recomiendo leer el libro Diálogos Entre Maquiavelo y Tomás de Aquino.

Además, el castigo de la trascendencia debe entenderse infamante, lo cual fue común en el derecho griego, romano y eclesiástico. Se trata de una pena que consiste en privar a alguien de su honor o prestigio para exponerlo a la vergüenza pública, con ofensa a su nombre y honor, impidiéndole con ello la práctica social de ciertos cargos públicos o privados que requieren buena fama y buen nombre.

La infamia no es admisible como acto de autoridad porque es contraria al estado de derecho, pero la realidad es que los descendientes de quienes han actuado con deshonra cargan la infamia que cayó sobre sus ascendientes.

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Por: Iván Mimila Olvera

Abogado y asesor en materia constitucional y autor de los libros "Cuestionario de Derecho Constitucional" y "Cuestionario de Derecho Constitucional de los Derechos Humanos". Actualmente es litigante en activo y asesor de diversas organizaciones de la sociedad civil.


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CONSTITUCIONALISMOS - Iván Mimila Olvera

Abogado y asesor en materia constitucional y autor de los libros "Cuestionario de Derecho Constitucional" y "Cuestionario de Derecho Constitucional de los Derechos Humanos". Actualmente es litigante en activo y asesor de diversas organizaciones de la sociedad civil.