A pesar de que ya pasó más de un año desde las campañas para acceder al Senado, aún sigue sin resolverse un expediente en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), relativo a una multa impuesta a Movimiento Ciudadano (MC) Hidalgo por declaraciones atribuidas a su entonces candidata, Elizabeth Adriana Flores Torres, en contra de Carolina Viggiano Austria, ahora senadora por la alianza PRI–PAN–PRD.
El expediente SUP-REC-202/2025 tiene su origen en una resolución de la Sala Regional Especializada, que determinó que algunos dichos de Flores Torres eran calumniosos, razón por la cual se le impuso una amonestación pública y se multó al partido político con 5 mil 428.50 pesos por falta al deber de cuidado.
Según consta en el expediente SRE-PSL-14/2025, Adriana Flores declaró en medios de comunicación y en su perfil de Facebook que Viggiano había incurrido en violencia política en razón de género. También presentó una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR), en su enlace con Hidalgo; no obstante, esta no fue debidamente sustentada.
Por ello, la priista promovió un procedimiento contra Flores Torres ante la Sala Regional, señalando que sus expresiones constituían calumnia al acusarla falsamente de ejercer violencia política en razón de género y de robar. Los magistrados le dieron la razón parcialmente en el primer punto, pero consideraron que la segunda acusación formaba parte del debate político y no constituía calumnia.
Sin embargo, Movimiento Ciudadano impugnó la multa, argumentando que sí cumplió con su deber de cuidado, al haber informado previamente a su candidata sobre las reglas electorales. Por ello, presentó un recurso de revisión ante la Sala Superior, que hasta el momento no ha emitido sentencia definitiva.
“Que declaró existente la calumnia atribuida a Elizabeth Adriana Flores Torres, otra candidata al Senado de la República por Movimiento Ciudadano, lo anterior, por el contenido de una publicación que hizo en su perfil de Facebook, así como la existencia de la falta al deber de cuidado del partido político que la postulaba”, refiere el documento.