Con retraso, emiten reglamento para Ley de Amnistía en Hidalgo

Luego que en agosto de 2020 se cumpliera el plazo de 30 días para que el Poder Ejecutivo de la entidad emitiera el reglamento para la Ley de Amnistía para el Estado de Hidalgo, apenas ayer en el alcance uno del diario oficial fue hecho lo conducente.

 

Lo que dice la ley

De acuerdo con la legislación enviada por el gobernador Omar Fayad Meneses en abril de 2020 y aprobada el 30 de junio, se busca liberar de su pena de cárcel o delito a las personas que hayan sido acusadas de aborto, posesión mínima de drogas para consumo personal, campesinos forzados a cultivar sustancias ilícitas.

Además de indígenas que en su proceso no hayan contado con intérpretes o defensores en su lengua materna, implicados en robo simple y sin violencia que no ameriten pena privativa de más de cuatro años, así como a imputados por sedición cuando se trate de tomas de oficinas públicas.

 

Lo que dice el reglamento

De acuerdo con el reglamento de la Ley de Amnistía estatal, serán las secretarías de Gobierno (Segob) y de Seguridad Pública de Hidalgo (SSPH) las encargadas de coadyuvar a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH) y al Poder Judicial a cumplir con los fines de la legislación, garantizando en todo momento los derechos de los beneficiarios y víctimas.

Para ello, deberá crearse una comisión que entre otras tareas deberá darle seguimiento a la recepción y trámite de las solicitudes, analizarlas y remitir su decisión a la autoridad correspondiente en un plazo no mayor a cuatro meses tras la fecha de presentación.

Además, tendrá que enviar un informe mensual que contenga el número de documentos ingresados y otorgados a las comisiones de derechos humanos y atención a las personas con discapacidad y de seguridad ciudadana y justicia del Congreso local.

Dicho órgano estará integrado por los titulares de la Segob, SSPH, Secretaría de Desarrollo Social (Sedeco), Instituto Hidalguense de las Mujeres y la Comisión Estatal para el Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indígenas (CEDSPI); no obstante, sus miembros ejercerán el cargo a título honorífico, por lo que no recibirán retribución alguna.

 

Cómo pedir amnistía

Para efectuar una petición de amnistía, la persona debe ser considerada en alguno de los delitos mencionados líneas arriba y podrá ser presentada por ella misma, su autorizado, defensor, familiar directo u organismos públicos defensores de derechos.

Los requisitos son: elaborar propiamente la solicitud, nombre completo del beneficiario o de quien la pide, crimen que se le imputa, datos de ubicación de la carpeta o averiguación previa a cargo del Ministerio Público (MP), o bien, causa penal o expediente del Poder Judicial; así como la especificación de si la persona está libre, sujeta a proceso o purga una pena.

Une vez cumplido lo anterior, la comisión deberá analizar e informar a las autoridades correspondientes su valoración, aunque se hace la observación de dos posibilidades:

  1. a) personas investigadas por la comisión de un hecho probablemente constitutivo de un delito, sujetas a proceso o indiciadas, pero prófugas, se remitirá a la PGJEH.
  2. b) tratándose de individuos que cumplan penas será al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo.

Finalmente, la SSPH a través de la subsecretaría de reinserción social tendrá que coordinar las acciones para facilitar la reinserción social de los beneficiados por la ley.


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