Dan revés a nombramiento de regidora suplente en Atotonilco el Grande

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenó al ayuntamiento de Atotonilco el Grande respetar el cargo a la regidora titular emanada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Elba Leticia Chapa Guerrero, luego que al no presentarse a la toma de protesta fue nombrada su suplente.

En su ponencia, el magistrado Leodegario Hernández Cortez explicó que de acuerdo con el expediente TEEH-JDC-17/2021 no fueron respetados los tiempos que establece la ley municipal en caso de no tomar posesión al puesto, que para este caso son cinco días, y en cambio fue designada Modesta Lozada López.

Además de que no le fue dada una justificación o notificación formal a la munícipe, por lo que el ministro explicó que hubo una transgresión a los derechos político-electorales de Chapa Guerrero.

No obstante, en la justificación que realizó la parte señalada manifestó un desinterés por parte de la priista al ausentarse en el cambio de poder ya que sabía la fecha en la que ocurriría; además que la suplente le manifestó al edil que la propietaria no acudiría pues tenía otros asuntos que resolver.

En la querella, la afectada agregó que aunque en dos ocasiones: el 12 y 18 de enero, pidió asumir su puesto el ayuntamiento no le dieron una respuesta y fue hasta el día 15 de ese mes en sesión que se trató el tema y fue acordado conceder un plazo de cinco días para justificar su ausencia y ordenaron notificar a la priista por medio de un actuario. No obstante, se dijo que no se localizó a la parte.

De lo anterior, fue dictaminado declarar fundado el agravio y se sentenció dejar sin efectos la toma de protesta de la suplente y los actos en los que participó para que en cinco días asuma su cargo Chapa Guerrero; además de que le deberá ser retribuida su remuneración en forma retroactiva desde el 15 de diciembre.

También, los magistrados del TEEH conminaron al edil de Atotonilco el Grande a abstenerse de realizar actos que vulneren los derechos político-electorales de cualquier integrante del ayuntamiento.

Respecto a la regidora electa, esta deberá ser notificada sobre el asunto y en caso de que no acuda en el tiempo fijado asumirá su suplente de forma definitiva.


ARCHIVADO EN:
, , , , , , , ,