Mantiene Sala Toluca la candidatura de Lorenzo Cruz Carrizo

La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió un juicio de revisión constitucional a favor del candidato por el partido Redes Sociales Progresistas (RSP) a diputado local del Distrito 15 en Tepeji del Río, Lorenzo Cruz Carrizo, mismo al que pretendía retirarle la candidatura por haber solicitado licencia de su cargo de regidor en el ayuntamiento de dicho municipio fuera de tiempo. 

Según el juicio ST-JRC-17/2021, el representante del Movimiento Ciudadano (MC) ante el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), Ignacio Hernández Mendoza, interpuso un recurso de apelación, en la que aseguraba que el ex regidor no había cumplido con la temporalidad para separarse de su cargo, establecida en el Código Electoral del Estado de Hidalgo. 

En ese efecto, la representación del partido naranja había asegurado que el candidato de RSP no había cumplido con la separación de su cargo, a pesar que el mismo IEEH envió un informe circunstanciado, argumentando que solicitó al candidato su constancia que acreditara la separación de su cargo, mismo que se entregó el pasado 29 de marzo, y en donde demostró que contaba con licencia desde el día 6, aprobada el 17 de marzo

No obstante, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinó en el expediente TEEH-RAP-MC-013/2021 que dichas acusaciones son infundadas, toda vez que la representación de RSP y el mismo ayuntamiento mediante oficio MTRO-PM-SA/100/2021 certificaron que después de haber solicitado licencia no realizó acciones posteriores a esta fecha, cubriendo con una anticipación de 92 días antes de las elecciones

En el juicio de revisión, MC apuntó que el TEEH no había tomado en cuenta que Leonardo Cruz, a pesar de haber cumplido con la separación de su cargo, siguió cobrando su nómina en un plazo del 7 al 15 de marzo, con lo que quisieron demostrar que violentó con las disposiciones oficiales respecto a la elegibilidad. 

De acuerdo con la resolución por parte de la Sala Toluca, el salario no fue solicitado por el candidato, y que entre otras cosas, el señalado solicitó a la Secretaría de Administración municipal un procedimiento para la devolución del depósito del periodo antes mencionado, con lo que se confirmó la sentencia del TEEH con dos votos a favor y uno en contra, y se ordenó a la dependencia municipal determinar el proceso de devolución del pago de nómina. 


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