Hidalgo vivirá doble veda electoral, sin complicaciones: IEEH

Hidalgo se enmarca en vivir una doble veda electoral por la llamada revocación de mandato que planteó el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y por las elecciones locales que renovarán la gubernatura, sin embargo, no existen riesgos de complicaciones o equivocaciones por los sujetos obligados.

Así lo comentó a Effetá el consejero del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), José Guillermo Corrales Galván, quien insistió que al final de cuentas será una obligación a cumplir por parte de servidores públicos de todas las jerarquías e instancias del poder público sin distinción alguna y dijo que el empalme solo será en seis estados.

En ese sentido, recordó que la veda por la revocación inició la semana pasada y terminará el 10 de abril cuando sea celebrado el proceso ciudadano; aunque para ese día y desde el 3 de abril cuando empiecen las campañas ya habrán entrado en vigor las limitaciones por el llamado a urnas que renovará el Ejecutivo estatal.

¿Pero qué es?

No obstante, al cuestionarle en que consistían dichos periodos, el funcionario electoral asentó que se tratan de restricciones a nivel constitucional bajo el artículo 134, mismas que están dirigidas a servidores de todos los rangos y niveles para difusión de propaganda gubernamental bajo cualquier modalidad y medio.

Por lo que tendrán prohibido difundir las acciones y logros de las administraciones estatal y municipales, salvo temas de salud, educación y emergencias que impliquen divulgar información de Protección Civil (PC), ya que, dijo, la legislación lo mandata y son temas de interés público. El propósito es mantener condiciones de equidad e igualdad.

En ese sentido, respecto a qué les correspondía a los medios de comunicación, refirió que las restricciones son solo para los poderes públicos, ya que el ejercicio periodístico lo garantiza la Constitución, por lo que en un momento dado en una entrevista quien deberá cuidar lo que se señale es el servidor público para no caer en actos de propaganda.

“Quien estaría realizando la conducta que posiblemente podría ser infracción es el servidor, no el medio”, expresó, al remarcar que en la difusión los medios de comunicación coadyuvan en que las normas no se infrinjan; pero los responsables son los funcionarios públicos.

Las sanciones

En cuanto a sanciones y quién es el encargado de aplicarlas, el consejero refirió que en la veda por la revocación de mandato quien observa el cumplimiento es el Instituto Nacional Electoral (INE); mientras que en igual periodo pero de comicios locales corresponde al órgano homólogo estatal recibir las quejas.

Luego se encarga de hacer la sustanciación como reforzar la denuncia con investigaciones, pero quien resolverá es el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) y lo hará mediante la figura “Procedimiento Especial Sancionador” que es de carácter administrativo; aunque dijo que las sanciones variarán según el infractor y la falta.

Ya que puede incurrir un partido político, precandidato, candidato, ciudadano, servidor público y hasta organizaciones y además se debe tener en cuenta si hubiera acciones que agraven el caso. Para trabajadores gubernamentales, pueden ser acreedores a amonestación pública, suspensión, destitución o inhabilitación para ejercer el poder público.


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