IEEH impugna resolución del TEEH… y le gana

Luego de haber manifestado que no tenía las posibilidades de ejecutar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) relativas al documento denominado Reglas de postulación para garantizar la paridad de género y la participación de ciudadanas y ciudadanos menores de 30 años e indígenas para el Proceso Electoral Local 2019-2020, el pasado 2 de diciembre, el órgano electoral impugnó la sentencia y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le dio la razón.
Por ahora, el organismo electoral no tendrá que realizar un catálogo de comunidades indígenas, ya que además de representar un concepto ajeno a las prácticas comunitarias, no se tiene competencia legal para realizar y emitir un catálogo de autoridades indígenas.
No obstante, en lo que se dio la resolución, el IEEH tuvo acercamientos con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) y la Comisión Estatal para el Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indígenas (CEDSPI) y se reconoció que desde una perspectiva intercultural jurídica, corresponde únicamente a los pueblos y comunidades indígenas la posibilidad legal de definir e identificar a sus propias autoridades tradicionales, por lo que cualquier intento por determinarlas desde cualquier institución del estado mexicano para enlistarlas y hacer un catálogo, resultaría una grave violación a su libre determinación.
Si bien, el Tribunal federal le da la razón al IEEH, se debe modificar el acuerdo IEEH/CG/030/2019 en relación con la auto adscripción indígena y la emisión de un catálogo de autoridades indígenas.
El IEEH reitera su convicción y disposición de dar irrestricto cumplimiento constitucional y legal de las resoluciones emanadas de todos los órganos jurisdiccionales.


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