LÍMITES. Reforman ley para sancionar malas conductas de servidores públicos

Redacción

 

Durante la última sesión de noviembre en el Congreso del Estado de Hidalgo, integrantes de la LXIII Legislatura aprobaron el dictamen que adiciona el artículo 62 BIS a la Ley de Fomento y Desarrollo Económico para la entidad, con la cual se establecen qué conductas de parte de servidores públicos serán motivo de infracciones.

Dichas conductas, que provoquen o puedan provocar la obstrucción de la gestión empresarial, de manera enunciativa más no limitativa, son: Alteración de reglas y procedimientos; Mala fe en el manejo de los documentos del particular o pérdida de éstos; Deficiencia o mala fe en la integración de expedientes; Deficiencia o mala fe en la gestión de un trámite, o negativa a realizarlo sin que tenga su fundamentación y motivación respectiva;

Otras más puede ser: Uso indebido de la información de los particulares; Deficiencia o mala fe en el seguimiento de trámites que dé lugar a la aplicación de la afirmativa ficta; Incumplimiento de los plazos de respuesta; Cualquiera otra que pueda generar, intencionalmente, perjuicios o atrasos para la instalación, apertura, operación y/o ampliación de las empresas.

Lo anterior fue explicado por Marcela Vieyra Alamilla, legisladora priista por el distrito de Tula de Allende. En su exposición se precisan conductas que en caso de ejecutarse, se ocasionará un detrimento del desarrollo económico de Hidalgo y del desarrollo mismo de las y los empresarios y de sus empresas, que al final, se traducen en fuentes de empleo para las y los hidalguenses.

En pro del dictamen, participó el diputado perredista, Marco Antonio Ramos Moguel, quien consideró que si bien hay reformas integrales que hacen más atractiva la inversión en Hidalgo, es pertinente fortalecerlas con otras que favorezcan el cumplimiento de las mismas y a los principios jurídicos de seguridad y certeza jurídicas.