Prohíbe Congreso nalgadas, manotazos y jalones de oreja a menores

Los padres, tutores o persona encargada del cuidado de menores y adolescentes, tienen prohibido imponer castigos corporales a sus hijos, ya sea manotazos, bofetadas, palizas, pellizcos, zarandear, empujar, morder, jalar el cabello, entre otros.
Lo anterior lo aprobó el Congreso del Estado de Hidalgo con el objetivo de dar énfasis al derecho a una crianza positiva, que implica la prohibición expresa de cualquier medida que involucre castigo corporal o cualquier tipo de violencia como método de corrección o sanción disciplinaria.
En la exposición de motivos se señala que se define el castigo “corporal” o “físico” como todo castigo en el que se utilice la fuerza física y que tenga por objeto causar cierto grado de dolor o malestar, aunque sea leve. En la mayoría de los casos se trata de pegar a los niños, con la mano o con algún objeto, azote, vara, cinturón, zapato, cuchara de madera, etcétera.
Aunque el castigo corporal también puede consistir en dar puntapiés, zarandear o empujar a los niños, arañarlos, pellizcarlos, morderlos, tirarles del pelo o de las orejas, obligarlos a ponerse en posturas incómodas, producirles quemaduras, obligarlos a ingerir alimentos hirviendo u otros productos.
En la modificación quedó establecido que toda niña, niño y adolescente tiene derecho al buen trato y a la crianza positiva, entendida como las acciones que tienen por objeto brindar una educación con amor, sin violencia, basada en el respeto recíproco, la comunicación y la confianza mutua.


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