Propone PRI investigar toda muerte violenta de mujeres como feminicidio en Hidalgo

La diputada Montcerrat Hernández Pérez propuso reformar el Código Penal de Hidalgo y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para obligar a las autoridades a investigar toda muerte violenta de mujeres bajo la hipótesis de feminicidio.

La diputada local por el Partido Revolucionario Institucional, Montcerrat Hernández Pérez, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal para el Estado de Hidalgo y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el propósito de establecer la obligación de investigar toda muerte violenta de una mujer bajo la hipótesis inicial de feminicidio y con perspectiva de género.

La propuesta contempla que esta obligación aplique incluso en aquellos casos que, en un primer momento, aparenten ser suicidios, accidentes o hechos de tránsito, con el fin de evitar que posibles feminicidios sean descartados de manera prematura.

De acuerdo con la legisladora, la línea de investigación por feminicidio deberá mantenerse vigente hasta que sea agotada de forma exhaustiva y científica o se acredite fehacientemente la comisión de un delito distinto.

La iniciativa señala que el diseño normativo actual presenta una deficiencia técnico-jurídica en el último párrafo del artículo 139 Bis del Código Penal estatal, el cual establece que, en caso de no acreditarse el feminicidio, se aplicarán las disposiciones correspondientes al delito de homicidio.

Hernández Pérez argumentó que esta redacción otorga un margen de discrecionalidad a las autoridades ministeriales durante las primeras etapas de investigación, lo que puede favorecer la reclasificación prematura de los casos como homicidios comunes, suicidios o accidentes.

Según la exposición de motivos, esta situación puede provocar la omisión o retraso de diligencias periciales, forenses y criminalísticas especializadas durante las primeras horas posteriores al hallazgo, consideradas fundamentales para preservar evidencias y esclarecer los hechos.

Por ello, el proyecto plantea reformar el artículo 139 Bis para establecer que toda muerte violenta de una mujer sea investigada desde el inicio bajo la hipótesis de feminicidio y con perspectiva de género, obligación que subsistirá hasta que se descarte científicamente la razón de género o se compruebe otro delito.

Asimismo, propone sancionar con penas de tres a ocho años de prisión, multas de 500 a mil días, además de destitución e inhabilitación para ocupar cargos públicos, a los servidores públicos que por dolo, culpa, negligencia, omisión o dilación injustificada retrasen, entorpezcan o nieguen la investigación de una muerte violenta de mujer con perspectiva de género.

También incorpora en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia la denominada Regla de Presunción de Feminicidio, definida como la obligación procesal y metodológica de considerar e investigar toda muerte violenta de una mujer como un probable feminicidio desde el inicio de la indagatoria y hasta que se demuestre fehacientemente lo contrario.

Esta disposición abarcaría también los casos que inicialmente aparenten ser suicidios, accidentes o hechos de tránsito.

Además, se plantea modificar el artículo 17 de dicha ley para establecer que incurre en violencia institucional el personal ministerial, pericial o policial que, por negligencia, dolo u omisión, no aplique de manera inmediata los protocolos de feminicidio, altere la escena de los hechos o destruya indicios.

De igual forma, la reforma al artículo 46 obligaría a la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo a iniciar de oficio, de manera inmediata y obligatoria, las investigaciones bajo el protocolo especializado de feminicidio ante cualquier muerte violenta de mujer.

El planteamiento prohíbe además clasificar o tramitar inicialmente estos casos como criminalidad común, suicidio o accidente hasta que se hayan agotado todas las líneas de investigación con perspectiva de género y se descarte científicamente la existencia de razones de género.

La asambleísta sostuvo que la reforma busca sustituir el criterio de excepcionalidad que actualmente rige la persecución del feminicidio por un esquema de obligatoriedad metodológica generalizada.

Explicó que el objetivo es impedir que la hipótesis de feminicidio sea descartada o reclasificada sin que previamente se hayan realizado todos los dictámenes científicos y periciales necesarios para esclarecer los hechos.