AHORA SÍ. Sala Regional Toluca modifica finaciamiento a Podemos y Más por Hidalgo

El Pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió la sentencia de los juicios de revisión constitucional electoral acumulados 203, 204, 205 y 206 de este año, promovidos por los partidos políticos Nueva Alianza, Verde Ecologista de México, de la Revolución Democrática y Podemos, relativos al financiamiento público que recibirían los partidos políticos para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y actividades específicas en el periodo julio-diciembre 2018.

Del caso, se recuerda que en un primer momento el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) aprobó el financiamiento que recibirían los partidos políticos durante el segundo semestre del año y en el que dando cumplimiento a la legislación local, se realizó el cálculo del mismo considerando, tanto para los partidos políticos locales como nacionales, el equivalente del 25 por ciento del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA); sin embargo, el partido político local “Podemos” se inconformó ante la autoridad jurisdiccional federal determinando ésta última, en el caso concreto, es decir únicamente para este partido que el cálculo de sus prerrogativas debía ir en función del 65 por ciento del valor de la UMA, considerándose la existencia de una bolsa económica diferenciada para partidos locales y nacionales, debido a que los primeros cuentan únicamente con el financiamiento de este órgano electoral y se consideran en desventaja con los nacionales debido a que éstos también reciben financiamiento federal a través de sus dirigencias nacionales.

Posteriormente, con la intención de recibir el mismo trato, el partido local “Más por Hidalgo” impugnó el acuerdo aprobado por este Instituto IEEH/CG/097/2018, en el que se daba cumplimiento a la sentencia de la Sala Regional Toluca y se determinaba el nuevo cálculo del partido “Podemos”, lo que derivó que la autoridad jurisdiccional local emitiera una sentencia en la que se dictó que ambos partidos locales debían recibir su financiamiento a partir de una misma base de cálculo (65%).

El pasado jueves, la Sala Regional Toluca al analizar el acuerdo del IEEH (IEEH/CG/097/2018) confirmó únicamente la diferenciación en el recálculo del financiamiento a favor del partido local “Podemos”, considerando que este órgano administrativo electoral en su momento dio cumplimiento a la sentencia anteriormente dictada por aquella Sala y se sujetó únicamente a las circunstancias fácticas y procesales que sustentaron las razones y los efectos de la misma.