Va de nuevo: Congreso local envía nueva iniciativa para la ILE en Hidalgo

Por segunda ocasión, el Grupo Legislativo del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) presentó en sesión ordinaria del Congreso local la iniciativa con la que buscan establecer la interrupción legal del embarazo (ILE), en donde definieron las causales con las que se podrá acceder a este derecho, y las penas a quienes realicen abortos bajo algunas circunstancias

La iniciativa, que ya fue turnada a la comisión conjunta de Seguridad Ciudadana y Justicia y de Legislación y Puntos Constitucionales, se propone la reforma a los artículos 154, 155, 156, 157 y 158 del Código Penal para el Estado de Hidalgo, así como adiciones y reformas a disposiciones de la Ley de Salud estatal, con el objetivo de determinar bajo qué circunstancias se puede hacer la ILE

 

Aborto

En uso de la palabra, el diputado Ricardo Baptista González mencionó que dentro de las reformas se propone tipificar el aborto como la interrupción del embarazo después de la semana 12 de gestación, en donde se contemplen penas de seis meses a un año de prisión y de 10 a 40 días de multas para la mujer que aborte y quien la haga abortar con su consentimiento. 

 

Aborto forzado

Por otro lado, apuntó que es necesaria la tipificación de aborto forzado, el cual se defina como la interrupción del embarazo sin el consentimiento de la mujer, y en donde se prevén penas de tres a siete años de prisión y de 40 a 150 días de multa; si se hace con lujo de violencia, la punibilidad va de cuatro a nueve años de prisión y de 50 a 200 días de multa

Además, agregó que si la persona que realiza un aborto forzado se trata de un médico partero, enfermero o practicante de medicina, aunado con las penas antes mencionadas, se castigará con la suspensión del ejercicio profesional en el tiempo en que permanezca en prisión

 

Casos en los que no aplican las sanciones

Así mismo, el legislador enlistó las exclusiones por las que no aplican estas penas, entre las que se encuentran hechos constitutivos del delito de violación y estupro sin la exigencia de una denuncia penal previa para todos los casos; la puesta en riesgo de la salud o vida de la mujer embarazada; o cuando haya evidencia de que el producto de la gestación cuente con graves alteraciones genéticas o congénitas.

 

ILE gratuita

Mientras que del lado de las reformas a la Ley de Salud, Baptista González comentó que se busca agregar la operación del servicio de la ILE como parte de las competencias de la Secretaría de Salud estatal (SSH), además de transversalizar la obligación del Estado la administración de servicios médicos, incluida la ILE, dentro de los Centros de Reinserción Social. 

Aunado a lo interior, también se prevé normar que instituciones públicas, privadas y sociales que presten servicios de salud en el estado provean el servicio de ILE en condiciones de calidad y salubridad, previendo que el Estado cuente con una partida presupuestal para este efecto, y garantizando la dignidad humana de las mujeres dentro de los supuestos dentro del Código Penal y a solicitud de la interesada. 

El asambleísta remarcó que la ILE dentro de las instituciones públicas de salud deberá hacerse de forma gratuita, y asegurando también que se les otorgue a las mujeres información objetiva, veraz y oportuna sobre este procedimiento, los riesgos, consecuencias y efectos, así como apoyos y alternativas existentes, esto para una decisión libre, informada y responsable.

 

Médicos objetores de conciencia

Por otro lado, el diputado morenista estableció que los médicos a quienes les correspondan practicar la ILE y con creencias contrarias al procedimiento podrán ser objetores de conciencia para excusarse de llevar a cabo esta acción, obligándolo, a su vez, a remitir a la mujer con un médico no objetor. 

Aseveró que el gobierno estatal deberá tener la obligación de prever que dentro de los centros de salud se cuente con la disponibilidad de personal no objetora de conciencia para asegurar la prestación del servicio, y que en caso de que la salud o la vida de la mujer se encuentren en riesgo, esta objeción no podrá ser invocada para no realizar la interrupción del embarazo. 

La diputada local Roxana Montealegre Salvador enfatizó que esta iniciativa se inscribe dentro del marco del movimiento feminista en el que mujeres hidalguenses han solicitado igualdad y respeto a sus derechos, y que se basa en el trabajo realizado al inicio de la actual legislatura en conjunto con asociaciones civiles y colectivos feministas. 

Declaró que se trata de una labor fundamental el garantizar a las mujeres el pleno ejercicio de su derecho a la salud sexual y reproductiva sin ser criminalizadas, y en donde añadió que la penalización del aborto no es solo algo meramente penal, sino que por las condiciones con las que se realiza constituye un problema de salud pública

Expuso, además, que las causales de la no penalización del aborto dentro de los Códigos penales en la mayoría de los estados no garantiza que las mujeres puedan realizarse una interrupción de su embarazo de forma legal, especialmente para las víctimas de violaciones, y que Hidalgo es una de las entidades en donde se contemplan causales para no castigar este hecho. 

Eso significa, según la legisladora, que el aborto es una práctica que no está completamente castigada, por lo que manifestó que es de necesidad establecer las causales por el que se pueda llevar a cabo la ILE antes de la décimo segunda semana de gestación 

Cabe mencionar que esta es la segunda ocasión en que se presenta una iniciativa para despenalizar el aborto, pues en el 2019 se subió una iniciativa de ley con la misma temática, misma que fue rechazada en el mes de diciembre de ese año con 15 votos en contra, ocho de los cuales fueron por parte de diputados locales de Morena. 


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