El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) declaró como Indicación Geográfica Protegida al chile rayado de La Misión, reconocimiento que se otorga a productos agroalimentarios, artesanías o bebidas cuya calidad, reputación o características emanan fundamentalmente de su origen territorial.
De acuerdo con la publicación del Diario Oficial de la Federación (DOF), este producto es identificado como una variedad del chile jalapeño que presenta marcas o “rayas” pronunciadas, principalmente verticales y, en algunos casos, horizontales, las cuales son indicativas de un proceso de madurez fisiológica que, además de conferir el característico picor producido por la capsaicina, constituye un rasgo distintivo del producto.
Entre sus características físicas destacan un color uniforme, con tonalidades que van del rojo oscuro intenso al café rojizo profundo, resultado de un proceso de deshidratación adecuado y de la madurez óptima del fruto. Asimismo, se considera indicativo de calidad la ausencia de manchas atípicas, decoloraciones significativas o presencia de moho visible.
Su textura es seca y rugosa al tacto, mientras que la forma predominante es en tiras longitudinales variables, producto del proceso de “rayado”. Su sabor presenta un picor intenso, con valores estimados entre 100 mil y 350 mil SHU (Unidades Scoville), además de un olor distintivo con toques ahumados.
La publicación también detalla las formas de cultivo, preparación del sitio y producción de plántula, aspectos favorecidos por la geografía del municipio de La Misión, el cual presenta dos zonas bien diferenciadas, conocidas localmente como “tierra baja o caliente” y “zona alta o fría”, lo que permite definir con precisión las etapas y lugares idóneos para la producción.
Además, se pormenorizan las fases de trasplante, corte, cosecha, selección, lavado y secado de la semilla, así como los procesos de desemillado, elaboración y establecimiento de almácigos, deshidratación y ahumado, envase, empaque, embalaje y comercialización.
El chile rayado de La Misión se sujetará a las normas oficiales y estándares previstos, por lo que cualquier modificación a las reglas de uso que deberá cumplir el producto protegido será inscrita ante el IMPI para surtir efectos ante terceros.
La Indicación Geográfica Protegida es considerada un bien nacional y sólo podrá utilizarse mediante autorización expedida por el IMPI, una vez acreditada la persona moral responsable de certificar el cumplimiento de las reglas de uso. Asimismo, el producto deberá portar la leyenda “Indicación Geográfica Protegida” o las siglas “I.G.P.”.
La vigencia de esta declaratoria estará determinada por la subsistencia de las condiciones que la motivaron y sólo dejará de surtir efectos mediante otra declaración emitida por el IMPI. Además, dicha dependencia federal realizará los trámites correspondientes para su reconocimiento internacional, conforme a los tratados y acuerdos comerciales vigentes en México.





