El Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), delegación Hidalgo, colocó sellos de “obra suspendida” en los postes de las nuevas luminarias instaladas frente a la Casa Rule, sede de la presidencia municipal de Pachuca.
El aviso señala que la suspensión se debe a una presunta violación a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
La Casa Rule es un inmueble histórico construido en 1896 por el minero británico Francisco Rule, el cual se encuentra protegido por el INAH y, de acuerdo con esta legislación, los postes y luminarias fueron colocados sin autorización de la dependencia federal.
La obra fue realizada por la Secretaría de Infraestructura Pública y Desarrollo Urbano Sostenible (SIPDUS) del Gobierno de Hidalgo, dependencia que colocó 20 lámparas frente a la alcaldía y en el inmueble ubicado a un costado del edificio histórico.
La inversión de 50 millones de pesos contempló la rehabilitación de calles céntricas de Pachuca, como Mariano Arista, Morelos y Melchor Ocampo, así como la Plaza Pedro María Anaya, donde se ubica la sede del Ayuntamiento, zonas que recientemente fueron supervisadas por autoridades estatales.
La Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos regula la investigación, protección, conservación y restauración del patrimonio cultural de México.
De acuerdo con la cinta amarilla colocada en los postes, la persona que rompa o viole esta suspensión será consignada ante las autoridades correspondientes.
El artículo 32 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos señala que el Instituto Nacional de Antropología e Historia suspenderá los trabajos que se ejecuten en monumentos arqueológicos sin autorización, que violen la concedida o en los que exista sustracción de materiales arqueológicos. En su caso, procederá a la ocupación del lugar, a la revocación de la autorización y a la aplicación de las sanciones correspondientes.
Mientras que el artículo 52 establece que a quien por cualquier medio dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a 10 años y multa de hasta el valor del daño causado.
Cuando el daño no sea intencional, se aplicará lo dispuesto en el capítulo correspondiente a sanciones por delitos culposos del Código Penal Federal.






