TEEH da ultimátum a Tlaxcoapan, o da información o multa

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) exhortó al ayuntamiento de Tlaxcoapan y a su tesorero local a proporcionar la información solicitada por la síndica Ericka Mendoza García o de lo contrario sería acreedor a una multa de 100 veces la unidad de medida y actualización (UMA) y en caso de reincidencia subiría al doble.

Lo anterior luego de que la munícipe acusara mediante un juicio que le habían sido negados datos de recursos financieros y humanos para el correcto desarrollo de su función en el cabildo, lo que violentaba su derecho de ejercicio el cargo; sin embargo, el magistrado ponente Manuel Alberto Cruz Martínez propuso declarar parcialmente fundado el caso.

Ello pues las autoridades demandadas sí formularon la petición pero con su contenido incompleto, pero además le fue desestimado su argumento de que había notificado a la secretaria particular de Mendoza García pero no anexó pruebas ni le fue aceptado por el TEEH; por lo que el ministro resolvió avisar personalmente a la síndica sobre lo solicitado.

Ello deberá ocurrir en no más de tres días tras la emisión de la sentencia, para lo cual podrá usar el soporte que elija para entregar la información pendiente y tras cumplir deberá notificar al tribunal en 24 horas, con la advertencia de que si no acata lo dispuesto será acreedor a una multa y se duplicará en caso de reincidencia; asimismo, fue lanzado un exhorto a Tlaxcoapan para que contesten en breve cualquier solicitud.

 

Síndico hacendario de Tepeapulco reclamaba; está inhabilitado

 

En la misma sesión ordinaria el pleno del TEEH determinó por unanimidad desechar la propuesta del magistrado Leodegario Hernández Cortés al exponer que en primer término el órgano al que pertenecen es incompetente para conocer los reclamos del síndico hacendario de Tepeapulco, Hugo Pérez Ramírez, quien reclamaba ser privado de su dieta y restricción de cabildear e ingresar a su oficina.

Inicialmente, el ministro propuso desechar la demanda al actualizarse la causal de improcedencia ya que el interesado la formuló extemporáneamente casi un mes y medio después, y aunque dijo que si se hacía una interpretación que lo beneficiara aun así había disparidad entre los tiempos permitidos; sin embargo, tanto Cruz Martínez como Rosa Amparo Martínez Lechuga se apartaron del proyecto.

Conocieron que la resolución no debió avanzar tanto pues antes de analizar los periodos de impugnación debe determinarse la competencia y en el caso se trata de una suspensión de funciones derivado de una sanción administrativa luego que Pérez Ramírez presuntamente ejercer atribuciones que no le correspondían, sin embargo, no es analizable por el TEEH.

Por lo que con un voto concurrente de Hernández Cortés, es decir: sufragó a favor del sentido de la sentencia pero difirió de la argumentación, el asunto fue desechado por improcedente ante el criterio de la mayoría del pleno.


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